INAI, a favor de inconstitucionalidad de Ley de Seguridad Interior

El Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) informó que el artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior (LSI) es contrario al principio de máxima publicidad y reiteró que la reserva de información debe utilizarse en casos de excepción, que sólo podrá aplicarse bajo determinadas circunstancias.

Durante su primer encuentro del año, el Consejo Consultivo y los comisionados del INAI coincidieron en la preocupación por las implicaciones que la LSI generaría en materia de transparencia y acceso a la información.

De acuerdo con el instituto, la ley contraviene el derecho humano a la información.

“La clasificación de información como reservada es una excepción que sólo podrá aplicarse bajo determinadas circunstancias”, puntualizó el INAI; sin embargo, el dictamen incluye conceptos imprecisos como las denominadas “acciones de seguridad interior” o las “acciones de orden interno”.

Corte admite a trámite controversia constitucional

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite lacontroversia constitucional presentada por el municipio de Cholula, Puebla en contra de la Ley de Seguridad Interior (LSI), la cual se mantendrá vigente pues, de momento, no se concedió la suspensión de la misma.

El pasado viernes, el presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales, ordenó formar y registrar el expediente de la controversia constitucional 4/2018, el cual fue turnado al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo para que resolviera si admitía o no a trámite la controversia.

El decreto por el que entró en vigor la Ley de Seguridad Interior fue publicado el 21 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, y el municipio actor demanda su inconstitucionalidad por considerar que "violenta de manera flagrante su autonomía".