GCDMX condona parcialmente el pago de vallas publicitarias

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Redacción

Ciudad de México.- Todas aquellas personas dedicadas a la instalación de publicidad en espacios públicos a cargo de la administración capitalina, podrán ser beneficiadas con la condonación parcial y el pago diferido de los derechos por licencias de estos espectaculares, así lo determinó la Jefatura de Gobierno.

En una resolución publicada este lunes en la Gaceta Oficial de la entidad, la autoridad citadina indicó este perdón fiscal es aplicable en los pagos anuales que se hacen tanto para anuncios análogos como digitales, los cuales se ubican en vías primarias y secundarias de esta urbe.

Con base en el texto, el dispenso hacendario tiene la finalidad de apoyar a quienes cuenten con los derechos que se deriven por la expedición de licencias de medios publicitarios, con el objetivo de dotar al sector productivo relacionado en este ámbito de “todas aquellas herramientas que le permitan potencializar su recuperación, crecimiento y fortalecimiento”, se lee en el documento.

También busca que los contribuyentes se encuentren en posibilidad de cumplir con sus obligaciones fiscales, por lo que esta determinación precisa que “los beneficiarios de las condonaciones requieren la expedición de una licencia otorgada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), en términos de lo dispuesto por la Ley de Publicidad Exterior”.

DETALLAN LOS MONTOS 

Una vez que se difundió este asunto, el pago interanual por metro cuadrado, para la colocación de publicidad en vallas con cartelera análoga, ubicadas en vías primarias, y áreas de conservación patrimonial, será de 600 pesos; en vallas con cartelera análoga, ubicadas en vías secundarias, de 300 pesos; en vallas digitales, ubicadas en vías primarias, y áreas de conservación patrimonial, de 700 pesos y en vallas digitales, ubicadas en vías secundarias, de 350 pesos.

Quienes quieran verse ayudados con esta medida podrán realizar su desembolsar hasta en tres parcialidades anuales, sin que se generen recargos o actualizaciones; en este apartado están incluidos los de financiamiento, de tal forma que, los interesados en aplicar el beneficio podrán liquidar la cuota relativa a la expedición de la licencia que corresponda al Ejercicio Fiscal 2024.

Pero como en todos los casos, no procederán estos beneficios cuando los contribuyentes cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal.

IMCM