SCJN valida 'Ley Godoy' para permitir reelección al frente de la FGJCDMX

SCJN Ley Godoy

Redacción

Ciudad de México.- Fueron aprobadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las reformas a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), asunto conocido coloquialmente como “Ley Godoy”, en cuyos alcances se permite que el titular de este organismo autónomo y de otras aéreas puedan someterse a un proceso de reelección.

De esta forma, el Pleno del Máximo Tribunal del país declaró con 10 votos a favor y uno en contra, infundada la acción de inconstitucionalidad que tramitaron diputados locales del PAN, PRI y PRD, quienes impugnaron los cambios al artículo 42 de la Ley Orgánica de la FGJCDMX. En su demanda, los diputados alegaron que a la minoría legislativa les fue negado el acceso al propio Congreso, por la presencia de manifestantes y policías.

En su argumento, acusaron que se estaba creando un procedimiento a modo para ratificar a Ernestina Godoy Ramos, entonces titular de esta instancia de justicia de la capital del país, que previo a la votación en el Congreso superó todas las etapas legales, no obstante, al no lograr la mayoría calificada, tuvo que desistir a seguir en la FGJCDMX hasta enero de 2028, por lo que el pasado 9 del primer mes de este año salió de este puesto y hoy en día es candidata de Morena al Senado.

SÍ HUBO TRÁMITE LEGAL

"Se siguieron las reglas de votación y publicidad, y se respetó el derecho de participación de todas las fuerzas políticas a lo largo del trámite legislativo", sostuvo el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, promovente de este proyecto.

“Así se advierte que durante la sesión del 9 de mayo del 2023 donde se discutió y voto el dictamen de mérito, concurrieron 36 legisladores, de los 66 que integran el Congreso Local. De estos 36 integrantes, 34 votaron a favor del dictamen, uno en contra y otro se abstuvo, por lo que se cumplió con la mayoría legal requerida para la aprobación de la reforma”, abundó el togado.

Respecto a la segunda causal de improcedencia planteada, dijo que fue relativa a que no se agotó la vía legalmente prevista para la solución del conflicto, por lo que propuso declararla infundada, dado que, al hacerse valer en la demanda a violaciones directas a la Constitución federal no resultaba necesario que la minoría legislativa agotara algún otro medio de defensa local.

Como tercera causal de improcedencia, González Alcántara Carrancá recalcó que los poderes demandados argumentan que la impugnación de la figura de ratificación para los cargos de fiscales especializados en materia electoral y anticorrupción resultaban extemporánea, dada que dicha posibilidad fue adicionada a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia Local desde 2020.

Tras ello, el ministro pidió declarar infundado dicho argumento, toda vez que los artículos reformados en 2020 no coinciden con los preceptos reformados y adicionados mediante el decreto impugnado en la presente acción de inconstitucionalidad.

IMCM