Condonan pago de agua en Iztapalapa

La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México reveló que se condonará el pago de los derechos por el suministro de agua  para los habitantes de 71 colonias de la delegación Iztapalapa.

La decisión fue publicada en la  Gaceta Oficial, en donde se indica que se prevé perdonar multas y recargos para los usuarios de uso doméstico, no doméstico o mixto y para los mercados y concentraciones públicas cuyos inmuebles estén ubicados en las colonias elegidas y detalladas en un anexo.

En la publicación se explica que para aplicar la condonación, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México,  efectuará los descargos en los registros fiscales respectivos, sin necesidad de que medie petición del usuario del servicio.

Aclaró que este beneficio no será aplicable a los usuarios no domésticos ni a las dependencias, entidades, órganos político administrativos y órganos autónomos de la administración pública, federal, estatal o local.

La autoridad local añadió que os beneficios de esta resolución, cuya publicación incluye un anexo con el listado de colonias beneficiadas, serán aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.

TAMBIÉN A AFECTADOS POR EL SISMO

Autoridades capitalinas indicaron que con el objetivo de apoyar a las personas afectadas por el sismo del pasado mes de septiembre se otorgarán facilidades administrativas y se les exenta del pago de los derechos y aprovechamientos establecidos en el Código Fiscal capitalino. Este beneficio entró en vigor a principio de año

El documento detalla que se exenta del pago a las personas físicas y morales que construyan viviendas para los propietarios de inmuebles colapsados o catalogados en condición de inhabitable.

La norma aplica para la instalación, reconstrucción, reducción o cambio de lugar de tomas para suministrar agua, medidores y armado de cuadro, además de su conexión con las redes de distribución.

Además de la autorización para usar redes de agua y drenaje, o modificar las condiciones de uso, así como por el trámite que implica esa autorización.

De igual forma, por aprovechamientos de edificaciones relacionadas con el artículo 51 del Reglamento de Construcciones, aprovechamientos por efectos de impacto vial, y por ampliaciones relacionadas con la infraestructura hidráulica.

A los afectados se les dará la facilidad consistente en no presentar la constancia de adeudos que demuestre estar al corriente en el pago de las contribuciones, permisos o registro de manifestaciones de obra.

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex), en términos de lo dispuesto en la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la capital del país, y en los términos de la resolución, deberán implementar las acciones administrativas correspondientes.

Los beneficios que se confieren en la resolución no otorgan a las personas físicas y morales el derecho a devolución o compensación alguna. Los efectos fiscales corresponderán a la Secretaría de Finanzas.