Diputados acuerdan de tres a seis años de cárcel a quien comparta 'packs'; discuten reservas

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- Ha sido aprobado en lo general por la Cámara de Diputados con 446 votos a favor y uno en contra, el dictamen de la llamada “Ley Olimpia”, que tipifica como delito el hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet y redes sociales.

Una vez que se ha dado visto bueno, los legisladores discuten reservas, sin embargo, entre los alcances de la potencial normativa sobresale que habrá de tres a seis años de prisión para quien comparta contenido íntimo de un tercero sin su consentimiento.

También establece multas de 500 y hasta mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), que es un aproximado de 89 mil 620 pesos para aquellos que ejerzan esa violencia digital o mediática.

Serán acreedores a una sanción, “quien video grabe, audio grabe, fotografíe, imprima o elabore, divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona mayor de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización”, se lee en el dictamen.

Pero si el crimen es cometido por el cónyuge o concubino o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza, la pena aumentará hasta en 50%, es decir, hasta 134 mil 430 pesos.

La “Ley Olimpia Nacional” reconoce la violencia digital como un tipo de violencia contra las mujeres que incluye acoso, hostigamiento, amenazas, insultos y vulneración de información privada, así como la difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotos, videos o datos personales a través de internet, redes sociales, correo, apps, o cualquier otro espacio digital. 

IMCM