Extinción de dominio es confusa y sólo para bienes de origen ilícito: SCJN

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que la Ley Nacional de Extinción de Dominio es confusa y que sólo aplicará en bienes de origen ilícito.

Durante el segundo día de análisis de la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, presidente del máximo tribunal, señaló que dicha normativa derivada de una reforma al artículo 22 constitucional, es de difícil aplicación.

“Si se quería, efectivamente, hacer una figura, más moderna, más eficaz, pues creo que se logró justo lo contrario, pero eso, reitero, no es responsabilidad de este Tribunal Constitucional”, anotó Zaldívar Lelo de Larrea.

Asimismo, invalidaron tres artículos por considerar que son contrarios a la Constitución General. 

Por mayoría de nueve ministros contra dos —sólo Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa se opusieron— se declaró nulo el numeral 2, porque considera que los particulares pierden la posesión de bienes (principalmente inmuebles) cuando son utilizados para cometer hechos delictivos. 

También se eliminó una porción del Artículo 7 de la ley nacional, que permite extinguir bienes “de origen lícito” utilizados para ocultar otros bienes de origen ilícito o mezclados con estos. Ello porque el 22 de la Constitución no permite extinguir bienes cuyo origen lícito esté acreditado.

IMCM

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