INE ordena a López Obrador eliminar la conferencia del AIFA por violar la veda electoral

Ciudad de México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó este miércoles al presidente Andrés Manuel López Obrador eliminar la conferencia matutina en la que inauguró el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), esto al considerarse propaganda gubernamental en periodo de veda electoral.

La Comisión consideró que, el decreto que reinterpreta el concepto de propaganda gubernamental y que permite a los funcionarios promover la consulta de revocación de mandato aprobado en el Senado de la República el pasado 17 de marzo, no aplica a los procesos electorales vigentes.

Se “ordenó al Presidente de la República, así como al Coordinador General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina efectuada el pasado 21 de marzo del año en curso”, enfatizó el INE en un comunicado.

Los consejeros de la Comisión resolvieron así las solicitudes de medidas cautelares promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) contra la conferencia del 21 de marzo de López Obrador.

Además, el INE ordenó medidas cautelares en contra de Morena y su dirigente, Mario Delgado, por las publicaciones realizadas en redes sociales el día 18 de marzo, al determinar que éstas buscaban influir en los ciudadanos para la participación de la consulta.

Se concedió la medida cautelar siguiendo el criterio de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) en la acción de inconstitucionalidad 151/2021, en la que determinó que la participación de los partidos políticos no tiene cabida en este mecanismo de democracia directa, dado que es un ejercicio en el que la propia ciudadanía advierte la necesidad de proponer que sea revocado el mandato del Presidente de la República que le fue conferido”, detalló el INE.

También la Comisión declaró improcedente las medidas cautelares solicitadas en contra de la Asociación Civil “Que Siga la Democracia” señalando que la información recabada de sitios de internet y notas periodísticas para después ser publicadas en su portal no afecta las reglas del proceso de Revocación.

Con información de Latinus