SCJN declara inconstitucionalidad de basar sanciones en salario mínimo

Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la inconstitucionalidad de fijar sanciones pecuniarias por concepto de reparación del daño moral con base en el salario mínimo.

La resolución fue invalidó el párrafo tercero del artículo 43 BIS del Código Penal del Estado de Chihuahua, que establecía esa penalidad con base al salario mínimo.

En sus argumentos, los ministros apuntaron que lo anterior vulnera los artículos 123, Apartado A, fracción VI, de la Constitución Federal, y Cuarto Transitorio de la reforma constitucional del 27 de enero de 2016.

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Mediante esta reforma se creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes.

Por tal consideración, los magistrados ratificaron que el salario mínimo solamente puede ser utilizado para fijar los ingresos de los trabajadores, y no como referencia para otros fines.

Con información de Notimex

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