Suprema Corte tumba decreto de Yucatán que prohibía la siembra de transgénicos

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que sólo la federación puede establecer las zonas libres de cultivos agrícolas con organismos genéticamente modificados, conocidos como transgénicos, esto de acuerdo a la Constitución, que le da la facultad de regular en materia de bioseguridad.

En su sesión del pleno, el máximo tribunal del país invalidó, derivado de una controversia constitucional, un decreto emitido en 2016 por el Poder Ejecutivo de Yucatán, que declaró a la entidad como una zona libre de cultivos agrícolas con organismos genéticamente modificados.

Los ministros determinaron que de acuerdo con el sistema federal establecido en la Carta Magna, corresponde a la federación regular la materia de bioseguridad, así como distribuir competencias en favor de las entidades federativas, con lo que el decreto estatal con número 418/2016 quedó formalmente anulado.

Sagarpa, la única con las facultades para establecer zonas libres

Señalaron que el Congreso en la Ley de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados, dio a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sagarpa) la facultad exclusiva para establecer zonas libres de organismos genéticamente modificados.

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Agregaron que la participación de las entidades federativas en la materia, se limita al monitoreo de riesgos que pudiera causar la liberación de ese tipo de organismos y la vigilancia del cumplimiento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, conforme a los acuerdos o convenios que celebren con la federación.

La resolución de la SCJN acordó realizar un exhorto a la autoridad federal competente para que dé respuesta a las solicitudes presentadas por diversas comunidades de Yucatán, en relación con el establecimiento de las zonas libres de organismos genéticamente modificados.

Con información de Notimex

IMCM