El Comité Olímpico Internacional aclaró que no existe una exclusión hacia los deportistas transgénero, pues ellos podrán competir registrados en las categorías de su sexo biológico.
Luego de las críticas y los señalamientos tras determinar que solo las mujeres biológicas podrán competir en categorías femeninas en los Juegos Olímpicos, el Comité Olímpico Internacional (COI) aclaró las dudas que han surgido alrededor de esta polémica decisión.
COI insiste con prueba para elegibilidad
Con la finalidad de resolver las dudas que esta medida ha generado, el COI publicó un documento que responde a las preguntas más comunes, haciendo énfasis en que la prueba para detectar el gen SRY no es invasiva y solo requerirá hacerse en una ocasión.
Respecto a si habrá o no excepciones, el COI confirmó que estas se tomarán en cuenta en trastornos genéticos de muy baja prevalencia como el síndrome de insensibilidad androgénica, para llegar a un diagnóstico, la deportista tendría que salir positivo en la prueba del gen SRY y someterse a otras pruebas para determinar si padece dicha condición.
Otra excepción podría darse al tratarse de un deporte que no dependa de la fuerza y que el sexo no vulnere la equidad entre los participantes, aquí las federaciones internacionales tendrían que solicitar al COI dicha excepción.
¿Es obligatoria?
Si bien, en el comunicado no dice que las deportistas están obligadas a realizar la prueba, el papel deja en claro que aquellas que no se realicen dicha prueba y no tengan como comprobar que son mujeres biológicas no podrán competir en la categoría femenina.
