Determina SCJN uso de la mariguana medicinal y muerte digna en la CDMX
Ciudad de México.- La muerte digna y el uso médico y terapéutico de la mariguana son derechos que se podrán establecer en la Constitución de la Ciudad de México; determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La determinación, que se aprobó con ocho votos a favor, se tomó debido a que no se invaden competencias del Congreso de la Unión.
El ministro Luis María Aguilar explicó que esto no regula, ni establece ningún derecho humano.
“Considero que estos preceptos no regulan ni establecen un derecho humano, esto es no tienen ningún contenido normativo, sino que para mí únicamente contienen únicamente regulación a la Constitución y Legislación aplicable a la Constitución federal, que en el caso es la Ley General de Salud, lo cual no afecta el contenido esencial de un derecho, ni invade las competencias de la federación”.
Se reflexionó que el Congreso de la Ciudad de México tiene las facultades para permitir o no el uso medicinal y terapéutico.
El ministro Javier Laynez Potisek explicó que en el caso de la mariguana se trata de un derecho al libre desarrollo de la personalidad y no a algún tema en materia de salud.
Mientras que en el tema de la muerte digna, los ministros descartaron que se promueva la eutanasia o el suicidio, como argumentó la Procuraduría General de la República (PGR), pues se refiere al bien morir y no a una muerte rápida.
Otra impugnación que resolvió el SCJN fue la relacionada a los derechos sexuales y reproductivos, que se trata del derecho a la libre sexualidad sin ser discriminado.
LA CONSTITUCIÓN DE LA CDMX
Este jueves, la SCJN reinició el análisis de los 66 artículos impugnados, que contienen la primera Constitución de la Ciudad de México y que entrará en vigor el 17 de septiembre.
La carta magna, que contiene 71 artículos y se aprobó en enero de 2017, fue impugnada por diversas dependencias como la PGR, Presidencia de la República, el Senado y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
NJAR