Redacción
Ciudad de México.- De forma unánime con 431 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó una reforma sustancial a los artículos 260 y 266 bis del Código Penal Federal. El cambio legislativo busca modernizar la justicia penal al establecer con claridad que ni la falta de resistencia física ni el silencio de una persona pueden ser interpretados como una aceptación para participar en actos de índole sexual.
La modificación legal especifica que comete abuso sexual quien realice tocamientos, roces o exhibiciones explícitas sin el aval de la otra parte. Un punto clave de la normativa es la anulación del consentimiento en escenarios donde la voluntad de la víctima se vea comprometida por intimidación, engaño, abuso de autoridad o situaciones de vulnerabilidad.
La propuesta, impulsada originalmente por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ha sido remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación oficial.
PENALIDADES Y CONTROVERSIA LEGISLATIVA
El nuevo marco jurídico estipula sentencias de tres a siete años de cárcel para los agresores. Además de la privación de la libertad, los sentenciados tendrán la obligación de acudir a programas de reeducación con enfoque de género o realizar labores de servicio social.
A pesar del apoyo general, la reforma no estuvo exenta de debate. Legisladores de la oposición y algunos aliados del gobierno señalaron su preocupación debido a que el tope máximo de la pena parece haber disminuido, ya que anteriormente se contemplaban castigos de hasta diez años de prisión.
La normativa también endurece las consecuencias cuando el delito involucre violencia moral o física, o cuando exista una relación de parentesco o "confianza sentimental" entre el victimario y la víctima.
Esta actualización legal responde a una realidad alarmante: cifras del Inegi revelan que 92% de los incidentes de violencia contra las mujeres en espacios públicos no se denuncian, a pesar de que una de cada cinco mexicanas ha enfrentado este tipo de agresiones.
IMCM