Elecciones judiciales 2025: ¿Este domingo es día de descanso obligatorio?
Monterrey.- El próximo domingo 1 de junio de 2025 se celebrarán elecciones extraordinarias para la renovación de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación en México, ante lo cual surgue la duda si este día es de descanso obligatorio o no.
De acuerdo a la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), este día no es de descanso obligatorio.
“Desde Coparmex Nuevo León aclaramos que el próximo lunes 1 de julio de 2025, día en que se llevará a cabo la elección extraordinaria del Poder Judicial, no está considerado como día feriado oficial, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo”, se informó.
La confederación explicó para ABC Noticias que, a diferencia de las elecciones ordinarias, como las presidenciales o legislativas, el proceso del 1 de junio no está contemplado como feriado oficial en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Esto se debe a que se trata de un proceso electoral extraordinario, según fue calificado por el Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el acuerdo INE/CG2358/2024.
"Este día no corresponde a una elección ordinaria, por lo cual no aplica el carácter de día de descanso obligatorio”, se precisó.
Sin embargo, aunque no sea día festivo, los empleadores deben permitir que sus trabajadores acudan a votar, incluso si la jornada laboral coincide con el horario de las casillas.
Esta disposición está prevista en el Artículo 132, fracción IX de la LFT, que obliga a las empresas a facilitar el tiempo necesario para el ejercicio del voto, sin excepción para turnos dominicales o rotativos.
Las empresas pueden tomar medidas preventivas para facilitar la participación cívica sin afectar la operación como informar con anticipación a los trabajadores sobre las facilidades que se les otorgarán para emitir su voto.
Establecer horarios escalonados o mecanismos internos para autorizar salidas temporales y considerar esquemas que permitan el cumplimiento del deber cívico con mínima disrupción.
La Coparmex Nuevo León también ha fijado postura ante la confusión generada por este proceso electoral, y precisó que “los días feriados por elecciones se aplican únicamente en procesos electorales ordinarios, y en este caso se trata de una elección extraordinaria, por lo que la jornada laboral debe mantenerse conforme a lo previsto por cada centro de trabajo”.
Por último, indicaron que las empresas que logren acuerdos internos para declararlo como día no laborable es válido mediante acuerdos individuales o colectivos.
"Sin embargo, algunas empresas han optado por otorgar el día como no laborable por decisión interna, lo cual es válido bajo acuerdos individuales o colectivos, pero no obligatorio por ley”.