Respalda SCJN ley antilavado y protege la identidad de funcionarios
Redacción
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el artículo 41 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Esta disposición legal tiene como objetivo proteger la identidad y los datos personales de los servidores públicos que se encargan de aplicar dicha normativa.
El pleno de la Corte votó con ocho votos a favor y uno en contra la constitucionalidad del artículo. Con esta decisión, se revocó la sentencia de un Tribunal Colegiado que había otorgado un amparo a la empresa de mensajería DHL Express México.
Dicha compañía fue multada en 49 ocasiones por la autoridad fiscal, debido a la omisión de presentar avisos o informes relacionados con actividades consideradas "vulnerables". Estas acciones estaban ligadas a concursos o sorteos y a la comercialización de vehículos, ocurridas entre julio de 2015 y junio de 2017. El monto total de las multas impuestas a la empresa ascendió a 35 millones 074 mil 298 pesos.
El Tribunal de Circuito que inicialmente falló a favor de DHL consideró que el artículo 41 transgredía los derechos de legalidad, seguridad jurídica y defensa adecuada al impedirle a la empresa conocer la identidad del funcionario que emitió el acto administrativo. Durante el juicio, la empresa comparó el artículo 41 con la figura de los “jueces sin rostro”.
La resolución del Tribunal Colegiado fue impugnada ante la SCJN por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mediante un amparo directo en revisión.
ARGUMENTOS DE LA SCJN
El ministro ponente, Arístides Guerrero García, propuso declarar constitucional el artículo 41. Explicó que la reserva de identidad y datos personales es razonable y necesaria para la protección de la integridad y seguridad de las personas servidoras públicas relacionadas con la aplicación de una norma que conlleva implicaciones en materias administrativa y penal.
El objetivo de esta reserva es recabar información que será utilizada exclusivamente para la prevención, identificación, investigación y sanción de operaciones con recursos de procedencia ilícita y demás delitos relacionados.
El togado aseguró que la reserva no vulnera el derecho a la defensa, dado que los afectados siguen teniendo la posibilidad de impugnar la competencia de la autoridad emisora o denunciar cualquier acto que consideren irregular.
IMCM