Darán hasta 20 años a funcionarios torturadores; ley pasa al Senado para su aprobación

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y con cambios la minuta del Senado de la República que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes.

El pleno avaló el dictamen con 417 votos en favor y se devolvió a la Cámara alta para su análisis y eventual ratificación.

Establece que los principios de dignidad humana, debida diligencia, enfoque diferencial y especializado, no revictimización, perspectiva de género, transparencia y acceso a la información pública deberán estar presentes en el diseño, implementación y evaluación de acciones, medidas, mecanismos y procedimientos de las políticas públicas para la prevención de los delitos establecidos en dicha ley.

En el Artículo 24 establece que un funcionario comete delito de tortura cuando, a fin de obtener información o una confesión, cause dolor, sufrimiento físico o psíquico a una persona, cometa una conducta que sea tendiente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica.

En el 26 estipula que se impondrá una pena de 10 a 20 años de prisión y de 500 a mil días multa, al funcionario que incurra en alguna de las conductas establecidas. Tratándose de un particular se le impondrá una pena de cuatro a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa.

En el nuevo ordenamiento se dispone que las sanciones previstas para el delito de tortura aumenten hasta una mitad cuando la víctima sea un niño, adolescente, mujer, migrante, adulto mayor,  persona indígena, con discapacidad o haya sido sometido a algún tipo de abuso sexual.