Exigen a IEEM que transparente financiamiento público de MC

Metropolitano

Toluca.- Diputadas y diputados de Ecatepec presentaron en la sesión de la Diputación Permanente, un punto de acuerdo para que el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) informe si existe alguna gestión sobre el uso y destino del financiamiento público del Partido Movimiento Ciudadano (MC) no utilizado para la obtención del voto en la elección por la gubernatura del Estado de México en 2023. 


El planteamiento fue presentado por las y los diputados Daniel Andrés Sibaja González, Faustino de la Cruz Pérez, Azucena Cisneros Coss, Camilo Murillo Zavala y Luz Ma. Hernández Bermúdez, luego de que dicha organización política, MC, determinó no participar en la elección por la titularidad del Poder Ejecutivo estatal y anunció que el dinero que por ley recibiría para hacer campaña lo estaría destinando a rubros en pro de la población, no obstante a casi cinco meses de ese pronunciamiento público no se tiene la certeza a donde se destinaron los aproximadamente 32.8 millones de pesos. 


El exhorto emitido al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), turnado a la comisión Electoral y de Desarrollo Democrático para su estudio y análisis, fue realizado por la diputada Carmen de la Rosa Mendoza, a nombre de sus compañeros de Ecatepec.
De la Rosa precisó que la sociedad tiene el derecho de saber con puntualidad “si existe alguna gestión sobre el uso y destino del financiamiento público del Partido Movimiento Ciudadano no utilizado para la obtención del voto para la elección del año 2023 en el Estado de México”.


Recordó que el Acuerdo IEEM/CG/06/2023 de fecha 12 de enero de 2023, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), precisa:
“El financiamiento para la obtención del voto en campañas electorales será el equivalente al 50% para el caso de la elección de gubernatura, del monto del financiamiento que corresponda a cada partido político por actividades ordinarias, durante el año del proceso, el cual deberá aplicarse precisamente al desarrollo de las actividades directamente relacionadas con la obtención del voto en el proceso electoral de que se trate”.