SCJN rechaza dejar sin efecto la entrega del Ángel de la Independencia al GCDMX

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido rechazar la solicitud de dejar sin efecto el acta del 15 de septiembre de este año, a través de la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) realizó la entrega física, jurídica y administrativa de manera provisional del Ángel de la Independencia al Gobierno de la Ciudad de México (GCDMX).

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá ha admitido a trámite la controversia constitucional que fue interpuesta por la alcaldesa en Cuauhtémoc, Sandra Cuevas Nieves, con el objetivo de impugnar dicha acta. La alcaldesa argumenta que esta entrega invade la autonomía de organización política y administrativa con respecto a las actividades de posesión, custodia, conservación, mantenimiento y difusión.

En su solicitud, la alcaldesa pidió la suspensión para mantener la posesión de la Columna de la Independencia, incluyendo el mirador y el mausoleo, que la alcaldía Cuauhtémoc tenía desde el 16 de septiembre de 1998.

Cuevas Nieves señaló que la entrega del monumento al GCDMX ha generado una afectación en la gobernabilidad de la demarcación, ya que, a través de la inseguridad jurídica, el gobierno capitalino toma decisiones que van en contra de los procedimientos legales y de la autonomía de la alcaldía en lo que respecta a su administración pública.

No obstante, el ministro Alcántara Carrancá ha rechazado otorgar la suspensión solicitada, ya que esta medida cautelar no puede tener el efecto de reconocer o constituir, incluso de manera provisional, la entrega del Ángel de la Independencia a la alcaldía. En cambio, el juzgador ha concedido la suspensión únicamente para que las actividades relacionadas con el cuidado, mantenimiento y preservación de la Columna de la Independencia continúen a favor de la autoridad que las tenía a su cargo, antes de la emisión del acta impugnada. El propósito de esta medida es evitar un daño mayor a la sociedad.