Aplaude Inai decisión de la SCJN para acceder a cuestiones de derechos humanos

Redacción

Ciudad de México.- Luego que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la facultad del pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) para calificar, de manera preliminar y únicamente con fines de acceso a la información, la existencia de violaciones graves a derechos humanos, sin que ello implique invadir las atribuciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el organismo se congratuló con la decisión. 

Aunado a ello, el máximo del país determinó la validez de la resolución del Pleno del Inai, propuesta por la comisionada Norma Julieta del Río Venegas, mediante la cual le ordenó a la CNDH proporcionar versión íntegra de un expediente relacionado con el hallazgo en 2010, de fosas clandestinas en el municipio de San Fernando, Tamaulipas, al considerar que el hecho se trata de una investigación sobre violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad. 

Sin embargo, la CNDH promovió ante la SCJN una controversia constitucional, argumentando que el Inai se atribuyó incorrectamente competencias para determinar que la información solicitada versaba sobre hechos presuntamente relacionados con violaciones graves a derechos humanos, cuando esa facultad es solo de la Comisión Nacional. 

No obstante, la Primera Sala de la Corte consideró que, ante la negativa de la CNDH de otorgar lo requerido, el Inai no sólo es competente para conocer el recurso de revisión correspondiente, sino que tiene, entre sus facultades, establecer, preliminarmente o prima facie, si los hechos contenidos en la carpeta que pidió constituían violaciones graves a los derechos humanos con el objeto de otorgar acceso a su contenido. 

SIN VULNERAR CONSTITUCIÓN 

Para la Corte, el Inai actuó dentro del marco constitucional de las atribuciones que tiene conferidas y no invadió de ninguna manera la esfera competencial de la CNDH, al haber calificado, para efectos de acceso a la información, que los sucesos contenidos en el expediente solicitado involucraban violaciones graves a los derechos humanos y, por tanto, debía otorgarse acceso íntegro al documento. 

"Las comisionadas y el comisionado del Inai consideran que este fallo de la SCJN da cuenta de la importancia de que el pleno del Instituto pueda sesionar y seguir emitiendo resoluciones en favor de la sociedad, así como del carácter instrumental del derecho de acceso a la información para el ejercicio de otros derechos, como el de la verdad y la justicia", indicó en un boletín el órgano de transparencia. 

IMCM