Las reformas que vienen

Primero, algo de contexto. Ambrosio Michel Higuera, Coordinador de la Comisión de Lavado de Dinero de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), dice que “el 23 de mayo de 2017, un grupo de diputados de diversos Grupos parlamentarios presentó ante la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 53 fracción VI, recorriéndose las actuales fracciones a VII y VIII y 54 fracciones I, II, y III; y se adiciona un capítulo V Bis De la Revisión e Informe de un Auditor Externo, y un artículo del 37 Bis de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI)”.

¿Y a ti qué? El mismo Michel Higuera explica: “El objetivo principal de dicha reforma es imponer a los sujetos que realicen actividades ‘vulnerables’ la obligación de contratar un auditor externo independiente para evaluar y emitir un informe anual respecto del cumplimiento de las obligaciones que establece la LFPIORPI y su Reglamento”.

No sobra resaltar que entre “los sujetos obligados a reportar actividades vulnerables también se encuentran los abogados que prestan servicios profesionales independientes, en ciertos casos”.

En resumen, a decir de Ambrosio Michel, la justificación de dicha iniciativa es la siguiente: 

- Promover que las personas que realizan actividades vulnerables cumplan de mejor manera con la ley.

- El SAT no cuenta con suficientes recursos humanos ni económicos para hacer visitas de verificación a los sujetos obligados.

-Se propone un auditor externo independiente como medida de control que permita a los sujetos obligados (incluyendo a los abogados) corregir las deficiencias de los procedimientos que desarrollan y con ello obtener una reducción en las sanciones que se les impongan.

- La propuesta se suma a la convocatoria del IMCP y al CENEVAL para los contadores públicos que quieran certificarse como especializados en materia de prevención de lavado de dinero.

Ahora responde: ¿la potencial reforma es un tema de insuficiencia humana y económica o una falta de eficiencia y eficacia en el uso y administración de los recursos humanos y económicos por parte del Estado Mexicano?