Autoridades capitalinas no están obligadas a cumplir recomendaciones de la CDH: SCJN

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad que la Constitución de la Ciudad de México otorgaba a la Comisión de Derechos Humanos capitalina para llevar los casos de incumplimiento de recomendaciones ante la Sala Constitucional de la CDMX, por lo que el organismo no podrá obligar a las autoridades de la capital, por la vía judicial, a que cumplan con las recomendaciones que emita.

Durante la discusión de las acciones de inconstitucionalidad que promovieron la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos contra la primera Constitución Capitalina, el Pleno de la Corte declaró inconstitucional el artículo 36, apartado B, numeral 4, porque viola el sistema de protección no jurisdiccional de los derechos humanos.

Tras lo anterior, los magistrados indicaron que las recomendaciones de las comisiones de derechos humanos no tienen carácter vinculatorio y por ende no pueden ser sometidas a control judicial.

En su intervención, el ministro instructor Javier Laynez Potisek calificó de fundado el argumento de la PGR, dependencia que manifestó que otorgar dicha facultad desvirtúa el sistema de protección no jurisdiccional que prevé el artículo 102 constitucional.

La Corte también anuló el artículo 4, apartado A, numeral 1, que preveía un parámetro de regularidad constitucionalidad local, donde se contemplen la Constitución Federal y los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Los ministros mencionaron que dicho numeral resulta confuso y podría dar a entender, entre otros supuestos erróneos, que los jueces locales pueden llevar a cabo un control concentrado de constitucionalidad.

JTR