Diputados de CDMX buscan que en 2050 solo circulen autos eléctricos

Redacción

Ciudad de México- La Comisión de Preservación del Medio Ambiente, Cambio Climático y Protección Ecológica del Congreso capitalino aprobó la iniciativa para adicionar un artículo octavo transitorio a la Ley de Mitigación y Adaptación al CambioClimático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México.

En la iniciativa presentada por el diputado Jesús Sesma Suárez (Asociación Parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad)se establecen fechas concretas para la sola existencia en circulación de automóviles eléctricos para el año 2040, así como los desincentivos pertinentes para la eliminación total de unidades de combustión interna para el año 2050.

Al respecto, el diputado Sesma Suárez confió en que ciudades similares a la Ciudad México adopten este tipo de medidas “para poder bajarle a los coches que utilizan el diésel o combustibles fósiles como lo es la gasolina”.

Por su parte, la presidenta de la comisión, diputada Tania Nanette Larios Pérez (PRI), dijo que “gracias a estas propuestas vamos a poder heredar logros importantes que seguramente van a mitigar los gases de efecto invernadero en favor de todos los habitantes de esta ciudad”.

Además, las y los legisladores que integran esta comisión avalaron el dictamen respecto de las iniciativas para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Ambiental deProtección a la Tierra del Distrito Federal, presentadas por lasdiputadas Larios Pérez (PRI) y Gabriela Salido Magos (PAN).

Respecto a la propuesta de la diputada Larios Pérez, la comisión señaló que se establece la obligación de la ciudadanía parautilizar los recursos naturales de un modo racional y sustentable, a respetar la vida e integridad de los animales como seres sintientes y establecer la obligación de respetar, procurar y facilitar la vida de los agentes polinizadores como elemento esencial de la biodiversidad.

De igual manera, la comisión avaló, con modificaciones, la propuesta de la diputada Gabriela Salido Magos estableciendo que las áreas verdes que formen parte del área libre de una construcción deberán representar por lo menos el 70 por ciento de ésta y deberán ubicarse a nivel de la banqueta, preferentemente con acceso público.