GCDMX alista cambios al reglamento de tránsito por vehículos eléctricos

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Redacción

Ciudad de México.- La próxima semana, autoridades capitalinas tienen previsto presentar modificaciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, con el objetivo de regular el uso de motos eléctricas, bicimotos y scooters eléctricos.

Eréndira Cruzvillegas Fuentes, consejera jurídica, detalló que el anuncio de estos cambios se realizaría el próximo martes 20 de mayo. Estas reformas legales implican ajustes a dos leyes y dos adecuaciones al reglamento que se están finalizando. 

Por su parte, Clara Brugada, jefa de Gobierno, había anunciado el 4 de marzo pasado el envío al Congreso local de una serie de reformas a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito con este propósito.

Basta recordar que entre las disposiciones que contempla la nueva reglamentación destacan: El uso de placas en los vehículos y que los conductores porten cascos. Además de que habrá restricción para circular en ciclovías, carriles confinados y banquetas.

CONSIDERADOS COMO VEHÍCULOS

También se establece que la motocicleta eléctrica será considerada un vehículo si su velocidad de desplazamiento es mayor a 25 kilómetros por hora, utiliza manubrio para su conducción y tiene una o dos plazas o una o dos ruedas. 

Respecto a los conductores de este tipo de unidades, deberán sujetarse a las normas generales para la circulación de vehículos.

Y es que las modificaciones, según la administración citadina, buscan garantizar la seguridad vial, el orden en el tránsito y proteger el ambiente, ante el aumento en el uso de motocicletas eléctricas en la entidad.

Los movimientos pretendidos plantean alterar diversos artículos de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (artículo 9 en varias fracciones, 12, 64 Bis, 137 fracción XIV) para incluir el concepto de motocicleta eléctrica. 

De igual manera se prevén ajustes a la Ley Ambiental local (artículo 4, fracciones XII y LV), al Reglamento de la Ley de Movilidad (artículos 117 y 120), así como al Reglamento de Tránsito (artículos 4, 11, 20 Bis, 21, 37, 43, 45, 64 y 67).

Con base en el gobierno citadino, la regulación de vehículos eléctricos es necesaria para optimizar el flujo de tránsito en la urbe que enfrenta constantes problemas de tránsito, y es que, según datos de la Secretaría de Movilidad (Semovi), actualmente circulan 750 mil 722 motocicletas de combustión interna.

IMCM

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