GCDMX publica ley para prohibir corridas de toros con violencia

Redacción
Ciudad de México.- Ha pasado una semana desde que el Congreso de la Ciudad de México avaló la prohibición de las corridas de toros con violencia, por lo que, en la Gaceta Oficial de la entidad, la jefatura de Gobierno publicó esta ley.
De esta forma, quedó el decreto por el que se adicionan y reforman artículos de la Ley de Protección y Bienestar Animal y de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en la Ciudad de México, cuyos alcances entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, mañana miércoles 26 de marzo.
Con base en lo difundido se agrega el concepto de “espectáculo taurino sin violencia” y se estableció “la realización de corridas de toros, novilladas, rejoneo, becerradas, festivales taurinos y tientas en las que no se cause ningún tipo de lesión a los animales ni se les provoque la muerte durante o después del evento”.
SIN HERIRLOS O MATARLOS
También se establece que queda prohibido causar lesiones de cualquier tipo a los animales o que les provoque la muerte durante o después del evento y se establecen multas de 2 mil a 3 mil veces la unidad de medida y actualización vigente por cada animal lesionado o muerto.
Incluso, en el texto se estipula que las reses destinadas a los espectáculos taurinos sin violencia deberán tener como mínimo cuatro años cumplidos y las destinadas a las novilladas tres años cumplidos y no podrán torearse en los espectáculos taurinos sin violencia toros, novillos y reses que no estén inscritas en el Registro Obligatorio de Edades; además se deben proteger los cuernos del toro y/o novillo para prevenir lesiones a otros animales o personas.
Por lo que al finalizar el evento taurino sin violencia, el toro o novillo deberá ser devuelto a la ganadería o a su propietario; y se prohíbe la utilización de objetos punzantes que provoquen heridas, lesiones o la muerte del toro o novillo, como la puya, banderillas, estoque, rejón, descabellos y puntillas. De esta forma sólo se puede utilizar el capote y la muleta.
UN CUARTO DE HORA DE SHOW
Otro alcance de la normativa es que el tiempo máximo de actuación para cada toro o novillo en estos actos sin violencia será de 15 minutos, con un límite de seis ejemplares por evento.
Mientras que, dentro de los 210 días naturales posteriores a la entrada en vigor del decreto, el Gobierno de la Ciudad de México expedirá un nuevo reglamento que establezca los lineamientos para la realización de espectáculos de taurinos, mientras que el Congreso local realizará la actualización y armonización de la legislación aplicable dentro de los 180 días siguientes a la publicación.
🚨 #ÚltimaHora | Con 61 votos a favor y solo un voto en contra, se aprueba en lo general la ley a favor de las corridas de toros sin sangre. Procede su discusión en lo particular. #OnceNoticiasDigital🔻 pic.twitter.com/GND9NpqIU1
— Once Noticias (@OnceNoticiasTV) March 18, 2025
IMCM

