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¿Homicidio o transfeminicidio? Fiscalía estudia la clasificación del caso Paola Buenrostro tras protesta

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La institución señaló que la investigación inició por homicidio debido al marco jurídico vigente en 2016 y reconoció los señalamientos sobre el trato recibido durante la audiencia.

Joan Manuel Contreras
El pronunciamiento se dio horas después de que un colectivo de personas trans protestara en inmediaciones de la Fiscalía y causara destrozos. (Foto: Cuartoscuro)
El pronunciamiento se dio horas después de que un colectivo de personas trans protestara en inmediaciones de la Fiscalía y causara destrozos. (Foto: Cuartoscuro)

Tras los fuertes disturbios registrados el martes durante y después de la audiencia contra Arturo “N”, señalado como probable responsable del asesinato de Paola Buenrostro, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) explicó que el proceso inició por el delito de homicidio debido al marco jurídico vigente en 2016.

La institución señaló que en ese año no existía el delito de transfeminicidio y que las causales para acreditar el feminicidio eran más restrictivas. Por ello, la orden de aprehensión obtenida en octubre de 2016 fue emitida por homicidio y la primera audiencia se llevó a cabo bajo esa clasificación.

La Fiscalía aseguró que actualmente reconoce plenamente la identidad de Paola Buenrostro como mujer trans y sostuvo que la diferencia entre una acusación por homicidio y una por feminicidio radica en la acreditación de los supuestos legales correspondientes.

Asimismo, informó que durante las siguientes etapas del proceso buscará fortalecer la investigación y aportar elementos para que un juez valore una eventual reclasificación del delito, conforme a los hechos que puedan acreditarse y al marco jurídico aplicable.

Posición de la Fiscalía ocurre después de fuerte protesta

El pronunciamiento se dio horas después de que un colectivo de personas trans protestara en inmediaciones de la Fiscalía y causara destrozos. Manifestantes ingresaron a la Fiscalía de Investigación del Delito de Feminicidio, donde realizaron pintas y causaron daños, en rechazo a la clasificación del caso como homicidio calificado.

La Fiscalía reconoció el derecho de las víctimas y activistas a manifestarse, pero señaló que las protestas no justifican agresiones contra servidores públicos ni daños a las instalaciones.

La Fiscalía también rechazó que exista una instrucción o práctica institucional de carácter transfóbico y afirmó que mantiene lineamientos para reconocer la identidad de género de las personas y brindar atención con perspectiva de género.

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