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Impide SCJN a la UNAM cobrar por cursos obligatorios de titulación

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UNAM no puede cobrar cursos titulacion SCJN.jpg
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Redacción

Ciudad de México.- En una decisión trascendental para la educación pública en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las universidades públicas, específicamente la UNAM, no pueden realizar cobros por cursos que sean requisitos indispensables y estructurales para obtener un título profesional. 

Por una mayoría de siete votos contra dos, el Pleno estableció que estos cobros vulneran el principio de gratuidad establecido en la Constitución desde 2019.

El fallo se originó a partir del amparo promovido por un estudiante de la licenciatura de derecho (modalidad Universidad Abierta) de la UNAM. El alumno impugnó el pago del “Curso de Comprensión de Lectura”, requisito obligatorio para su titulación impartido en el Centro de Idiomas de la facultad.

La Corte resolvió que, al ser un medio esencial para cumplir con la estructura del plan de estudios, el curso no debe generar cargos adicionales. Como consecuencia, la UNAM deberá reembolsar el monto pagado al estudiante sin que esto afecte su proceso administrativo para graduarse.

JUSTICIA HACIA UNA GRATUIDAD REAL

La ministra Lenia Batres Guadarrama, quien calificó la sentencia como "histórica", señaló que este paso convierte la gratuidad de la educación superior en un "derecho real" y no solo en una promesa constitucional. Batres Guadarrama argumentó que la UNAM cuenta con recursos públicos suficientes para absorber estos costos, citando que para el ejercicio fiscal 2025 la institución recibió más de 58 mil millones de pesos.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa recordó que, aunque la implementación de la gratuidad es progresiva, han pasado más de seis años desde la reforma constitucional de 2019, tiempo suficiente para que las instituciones eliminen barreras económicas que afecten al estudiantado.

DEBATE Y POSTURA DE LA UNIVERSIDAD

A pesar de la mayoría, el fallo contó con los votos en contra de los ministros Giovanni Figueroa y Estela Ríos, quienes argumentaron que la gratuidad debería limitarse al 100 por ciento de los créditos de las materias y que existen alternativas externas gratuitas.

La UNAM había defendido anteriormente que la reforma de 2019 dependía de la disponibilidad presupuestaria. Sin embargo, la resolución final de la Corte enfatiza que cualquier medida que constituya un elemento estructural del plan de estudios debe ser plenamente gratuita para garantizar la equidad e inclusión social.

IMCM

Sobre el autor

Israel Campos Montes