Activa Sader dispositivo nacional de emergencia para erradicar el gusano barrenador
Redacción
Ciudad de México.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) activó una modificación para reforzar el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal (Dinesa) con el fin de contener y erradicar el gusano barrenador del ganado (GBG) en México.
El acuerdo que amplía las medidas preventivas, de control y erradicación de la miasis causada por el GBG fue publicado hoy, 2 de diciembre de 2025, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con esta medida, la alerta por la presencia del gusano barrenador pasó de nivel regional a nacional en México. La emergencia a nivel país se enfoca en proteger la producción ganadera y prevenir las pérdidas económicas que podría generar la plaga.
La decisión de la Sader implica acciones inmediatas en las ocho regiones zoosanitarias, debido al riesgo de que la plaga se disperse hacia zonas ganaderas del norte del país que son consideradas libres del GBG.
MEDIDAS OBLIGATORIAS
Además, las nuevas acciones buscan el apoyo y colaboración de todos los sectores relacionados con la producción pecuaria y de la población general. Entre las principales medidas de control y erradicación se incluyen:
1. Restricciones y Certificación: Se imponen restricciones estrictas a la movilización de animales susceptibles. Los movilizadores de ganado bovino, bufalino, bisontes, ovino, caprino, porcino y aves deben cumplir con las disposiciones legales y presentar el Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM) para cualquier traslado de animales.
2. Tratamiento Preventivo: Los animales deben ser tratados con antiparasitarios de tres a cinco días antes de la gestión del CZM.
3. Inspección y Baño: Posterior al tratamiento y previo a la movilización, el ganado debe ser bañado por aspersión o inmersión con un producto insecticida de efecto larvicida. Además, los animales serán sujetos a una inspección física con el objetivo de descartar la presencia de heridas y gusaneras.
4. Prohibición de Traslado: De ninguna manera se deben movilizar animales que estén incapaces de mantenerse en pie, enfermos, fatigados, o que presenten heridas o gusaneras. Esto busca mitigar el riesgo de dispersión de la mosca del GBG.
5. Tratamiento de Heridas: Los animales que presenten heridas deben ser tratados por sus propietarios con insecticidas de acción larvicida y cicatrizante. Deben permanecer en la unidad de producción pecuaria o centro de acopio de origen hasta que sus heridas estén completamente cicatrizadas.
6. Control de Zonas Afectadas: Para todas las movilizaciones con origen en una zona afectada, el CZM deberá asentar los Puntos de Verificación e Inspección Federal (PVIF), Puntos de Verificación e Inspección Interna (PVI) y Puntos de Verificación e Inspección Emergentes (PVIEM) por los que transitará el cargamento para su inspección o tratamiento.
7. Excepciones: Los traslados con destino a rastro quedan exceptuados de ciertos tratamientos para evitar residuos, aunque estarán sujetos a monitoreo.
IMCM
