Debe Insabi informar sobre compra y reparto de ventiladores por covid: Inai

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- El Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) debe dar a conocer la cantidad de ventiladores Ehécatl 4T y Gätsi que le entregó el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) en el contexto de la emergencia sanitaria por covid, así como los documentos que prueben dicha situación, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai). 

Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta del organismo, agregó que esta dependencia también tiene que aclarar el monto pagado al despacho de abogados que contrató en Reino Unido ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales de un proveedor de ventiladores de ese país y el nombre de la firma en cuestión. 

Al resolver dos recursos de revisión, Ibarra Cadena subrayó que “es preciso que las acciones realizadas por nuestras autoridades sanitarias para allegarse de los elementos necesarios, a fin de atender la pandemia, estén sujetas al escrutinio público, lo cual abonará a aumentar la legitimidad y la confianza de la sociedad en ellas”. 

Indicó que de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en situaciones de emergencia como la ocasionada por la pandemia del coronavirus, es fundamental que los mecanismos de control gubernamental no se flexibilicen y funcionen de manera efectiva para garantizar que los recursos lleguen a las zonas y poblaciones más afectadas.  

Debido a lo anterior, la titular del Inai enfatizó que “debemos de garantizar la máxima publicidad de la información relativa al manejo de la pandemia para que la sociedad pueda analizar el actuar de las autoridades”.  

APELA AL TAMAÑO DE ARCHIVOS 

Lo anterior se da porque luego después del requerimiento de un particular a lo antes mencionado, el Insabi se limitó a  proporcionar una tabla titulada “Distribución de Ventiladores Gätsi” e informó que no realizó donación alguna de equipos a Cuba y abundó que, por el tamaño de los archivos, no lograba integrar toda la información, por lo que le remitiría un correo electrónico. 

Sin embargo, el solicitante se mostró inconforme porque no se le envió ningún mail, razón por la que presentó un recurso de revisión ante el Inai.  

Fue de esta forma, que al analizar el caso, Ibarra Cadena advirtió que, si bien el Insabi remitió un archivo con la relación de distribución de ventiladores, de la cual se desprende la entidad, hospital, institución, ventiladores en hospital y total de entregas, no proporcionó los documentos, acuses, oficios con el sello de recibido que comprobara dicho trámite. 

OCULTAN NOMBRE DE FIRMA 

Para el segundo caso, una persona pidió conocer si el Insabi había contratado algún despacho de abogados en Reino Unido durante 2021 y 2022; de ser afirmativo, informara el monto a pagar y el nombre de la firma.  

Aunque la respuesta del sujeto obligado fue que en 2020 llevó a cabo la adquisición de diversos insumos y equipamiento médico; no obstante, un proveedor con domicilio en Reino Unido incumplió con las obligaciones contractuales, por lo que contrató a un despacho de abogados en ese país.  

También señaló que el monto pagado y el nombre del despacho era información reservada, dado que se relaciona con las acciones legales emprendidas en contra del proveedor.  

Pero inconforme con la clasificación, la persona solicitante interpuso un recurso de revisión ante el Inai.  

Con el estudio del caso, el organismo determinó que entregar el monto y el nombre del despacho con quien se contrató un servicio, no da cuenta de las estrategias del sujeto obligado o de las acciones que implementará en contra del proveedor.  

IMCM