Diputados dan luz verde a la ley del teletrabajo; definen alcances y obligaciones

Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, reformas a la Ley Federal del Trabajo, para permitir el teletrabajo en nuestro país, mejor conocido como Home Office. El dictamen se regresó al Senado de la República.

Dicha iniciativa que modifica el artículo 311 y adiciona el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, establece que toda labor que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o un local libremente elegido por él, será considerado como “teletrabajo”, sin embargo, “no será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica”.

Según el dictamen, se especifica que la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo es quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado, en un lugar distinto a la instalación de la empresa o centro de trabajo del patrón, y utilice las tecnologías de la información y la comunicación. Además, se agrega que cuando el 40% de cumplimiento de la labor sea fuera del centro de trabajo será considerado como teletrabajo.

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De esta forma, el numeral 330 B queda de la siguiente forma: “que las condiciones generales de trabajo señaladas en el artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo deberán estar establecidas, así como la figura de teletrabajo, lo que permitirá garantizar que no se establezcan diferencias en los derechos laborales regulados en el marco jurídico”.

En caso de que no exista un contrato colectivo, en el artículo 330 D se indica que las disposiciones deberán incluirse en el reglamento interior correspondiente.

Mientras que en el artículo 330 E se detallan obligaciones especiales para los patrones, a fin de aportar los medios, recursos y herramientas necesarias para cumplir con el trabajo, los cuales incluyen, entre otros, asumir gastos derivados de la jornada laboral, respeto al derecho a la desconexión, mecanismos y capacitación adecuada para el uso de las tecnologías de la información y comunicación.

Con el aval, los legisladores acordaron que los empleadores deberán asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de la electricidad.

IMCM