Extinción de fideicomisos sí afecta a trabajadores del PJ, contesta SCJN a AMLO

Redacción

Ciudad de México.- Luego que el presidente Andrés Manuel López Obrador, aseguró que los trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF) no serán afectados en sus sueldos y prestaciones, en caso de que los diputados cancelen en próximos días los fideicomisos del Poder Judicial de cara al Presupuesto 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le contestó y aseveró que sí hay peligro para los empleados.

“Al menos 6 fideicomisos están relacionados con obligaciones patronales, cuyo cumplimiento constituyen derechos de las y los trabajadores, tanto laborales como de seguridad social: pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro”, subrayó el Máximo Tribunal del país en un comunicado.

Además, la SCJN recalcó que el personal operativo del PJF, representa más del 60% de la plantilla.

SON DERECHOS ADQUIRIDOS

La SCJN abundó que estos derechos adquiridos están reconocidos en la Constitución y en la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, en los siguientes instrumentos legales:

•    Condiciones Generales de Trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del personal de confianza de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
•    Condiciones Generales de Trabajo del Consejo de la Judicatura Federal
•    Condiciones Generales de Trabajo para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito
•    Acuerdo General Conjunto del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del PJF que regula el Plan de Apoyos Médicos Complementarios y de Apoyo Económico Extraordinario para los Servidores Públicos
•    Acuerdo general del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el acuerdo general conjunto del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del PJF que regula el plan de apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos del PJF, con excepción de los de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
•    Acuerdo General del Pleno que reglamenta la Carrera Judicial

Asimismo, la Corte indicó que estos derechos tutelados no constituyen prestaciones adicionales, sino derechos adquiridos de las personas trabajadoras en el PJF.

“Por ello, los recursos que integran estos fideicomisos son los que se requieren para el aseguramiento de estos derechos adquiridos, tanto en el presente como a futuro, con base en análisis actuariales que definen el porcentaje de participación de fideicomisos y el porcentaje de gasto corriente”, abundó en su boletín.

IMCM