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Fin al cobro de $150 en Coahuila: Suprema Corte garantiza registro de nacimiento gratuito para todos

Mi Nación

Más allá de los recién nacidos: La decisión unánime de la Suprema Corte blinda el derecho a la identidad sin barreras económicas ni temporales

El fallo es resultado de la acción de inconstitucionalidad 27/2026, impulsada por la CNDH (Foto: Cuartoscuro)
El fallo es resultado de la acción de inconstitucionalidad 27/2026, impulsada por la CNDH (Foto: Cuartoscuro)

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictó un fallo histórico contra la legislación de Coahuila, al declarar la invalidez del cobro de 150 pesos por el servicio de registro de nacimiento.

La resolución, aprobada por unanimidad del Pleno, determinó que imponer un costo a este trámite esencial vulnera el derecho humano a la identidad establecido en la Constitución.

El fallo es resultado de la acción de inconstitucionalidad 27/2026, impulsada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

El proyecto, presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, invalidó el artículo 67, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual había sido reformado a finales de 2025 para establecer dicho arancel.

La Corte argumentó que el artículo 4° de la Constitución Federal es "expreso y categórico" al señalar que toda persona debe ser registrada de manera inmediata tras su nacimiento y recibir la primera copia certificada de su acta de forma gratuita.

Los ministros recalcaron que las autoridades estatales no tienen facultad para establecer excepciones o condiciones económicas a esta obligación constitucional.

BENEFICIO PARA TODAS LAS EDADES

Un aspecto relevante de esta sentencia es que la gratuidad no se limita exclusivamente a los recién nacidos.

La ministra Herrerías Guerra subrayó que el derecho a la identidad puede ejercerse en cualquier etapa de la vida, por lo que el estado debe garantizar el registro y la primera acta sin costo, independientemente de la edad de la persona.

Cualquier intento de cobro, según el criterio de la Corte, contraviene el interés superior de la niñez y la adolescencia, además de obstaculizar el acceso a un documento básico para el ejercicio de otros derechos.

AJUSTES LEGISLATIVOS OBLIGATORIOS

Tras la resolución, el Congreso de Coahuila tiene la responsabilidad de modificar su normativa hacendaria una vez que reciba la notificación formal de los puntos resolutivos.

Los efectos de la invalidez surtirán efecto a partir de dicha notificación.

Con este veredicto, la SCJN refuerza una postura que sostiene en casos similares contra otras entidades federativas, dejando claro que el acceso al registro civil debe ser libre de gravámenes en todo el territorio nacional.

IMCM

Sobre el autor

Israel Campos Montes