Juez ampara a compañías eléctricas de la nueva política energética de la 4T

EFE

Ciudad de México.- Un juez amparó a todas las compañías de electricidad contra la nueva política de la Secretaría de Energía (Sener), con la que, acusa, el gobierno federal pretende limitar la generación privada de fuentes renovables.

El fallo, con fecha el 30 de octubre, pero difundido apenas este miércoles, declara inconstitucional la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), que la Sener publicó el pasado 15 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Aunque el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica resolvió en favor de la empresa EGP Magdalena Solar, extendió los efectos a todas las firmas que participan en el mercado eléctrico mayorista.

"Este juez de Distrito no sólo estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes del mercado, sino que, además, podría ocasionar distorsiones, afectando la competencia y el desarrollo del sector", justificó el juez del caso, Juan Pablo Gómez Fierro.

Cabe destacar que este mismo jurista amparó la semana pasada a todas las firmas contra el acuerdo que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) publicó el pasado 29 de abril, que también prioriza a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Mientras que el acuerdo del Cenace argumenta que, por la pandemia, debe bloquear las centrales renovables porque "son intermitentes", la política de Sener elimina el concepto de "despacho económico" para priorizar la energía de las plantas de CFE, que tiene costos más altos que los privados.

MÁS DE 170 AMPAROS

El sector privado acumula más de 170 amparos contra estas medidas, al considerar que impactan en conjunto 14% del Producto Interno Bruto (PIB), 44 mil millones de dólares de inversión y 81 mil 500 empleos, de acuerdo con el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y asociaciones de compañías energéticas.

Fue en esta primera sentencia de fondo sobre el tema, que el impartidor de justicia Gómez Fierro consideró que la política de la Sener es inconstitucional porque afecta la libre concurrencia y competencia, además de incumplir con los requisitos regulatorios.

"La omisión de substanciar el procedimiento de mejora regulatoria constituye un tema de constitucionalidad formal que trasciende necesariamente a todo el contenido de la norma general reclamada; por ende, los efectos del amparo deberán abarcar a todo el ordenamiento reclamado", concluyó.

IMCM