Niegan amparo a Karime Macías contra orden de aprehensión con fines de extradición

Ciudad de México.- Un juez federal negó amparar a Karime Macías Tubilla, exesposa del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, quien pretendía que se revocara la orden de aprehensión que hay en su contra por el delito de fraude específico por un monto de 112 millones de pesos del DIF de la entidad cuando era primera dama.

El Juez Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz, Alejandro Quijano Álvarez, declaró el reclamo de Macías Tubilla es subsistente a la orden de aprehensión con fines de extradición emitida en su contra.

De acuerdo con el análisis del impartidor de justicia, cuando la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz pidió a la Fiscalía General de la República (FGR) que solicitara la orden de aprehensión con fines de extradición, no había transcurrido la tercera parte -2 años 10 meses- del plazo para que el delito prescribiera, que es de 8 años 6 meses.

El término para la prescripción de la acción penal es de ocho años seis meses, que corresponde al término medio aritmético de la punibilidad de ese delito, cuya tercera parte, a su vez, corresponde a dos años diez meses, por lo que del 29 de marzo de 2017 (fecha de presentación de la denuncia) al 29 de mayo de 2018 (fecha en que la Fiscalía del caso solicitó a la Fiscalía General de la República que por su conducto “se solicitara” la orden de aprehensión con fines de extradición), transcurrió un año, dos meses, es decir, aún no transcurría la tercera parte de la prescripción del delito, como lo pretende reclamar la quejosa”, indicó el juez.

El juez añadió que en casos como este, cuando el imputado se encuentra fuera del país, existe un criterio que duplica los plazos de la prescripción cuando por su ausencia no es posible integrar averiguación previa o ejecutar sanciones en su contra.

Resulta intrascendente lo señalado por la quejosa en el sentido de que la autoridad responsable debió realizar un análisis de oficio de la figura de la prescripción, pues de conformidad con lo expuesto, aún no había operado dicha figura (…) Asimismo, no se advierte alguna situación de violencia, discriminación o vulnerabilidad por razones de género que perjudique a la quejosa, por lo que no se considera necesario emitir mayor pronunciamiento en ese aspecto”, señaló el juzgador.

En consecuencia, la orden de aprehensión que mantiene ahora Karime Macías al borde de la extradición permanecerá vigente.