Ciudad de México.- El debate sobre los requisitos de elegibilidad para los gobernantes en México ha tomado un nuevo rumbo definitivo. El Congreso de la Unión recibió formalmente la iniciativa de reforma constitucional enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para establecer la nacionalidad única como requisito indispensable para ocupar la Presidencia de la República, las gubernaturas estatales y la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
La iniciativa, remitida por la Comisión Permanente a la Cámara de Diputados para su dictaminación y trámite legislativo, propone modificar y adicionar los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
¿Cuál es el objetivo de exigir una nacionalidad única?
De acuerdo con el documento presentado por el Ejecutivo federal, la propuesta tiene como fin primordial blindar la soberanía del país y asegurar que las máximas autoridades mantengan una lealtad absoluta y exclusiva hacia la nación mexicana. En palabras de la presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, Laura Itzel Castillo Juárez, esta reforma constitucional:
...busca garantizar que quien ejerza la titularidad de estos Poderes no tenga doble nacionalidad y, por tanto, conflicto de interés con una nación extranjera”.
La iniciativa justifica la rigidez de esta medida señalando la enorme responsabilidad política y social de los cargos ejecutivos. El texto de la propuesta enfatiza:
Por la naturaleza de esa responsabilidad, su actuación debe responder de manera plena e inequívoca al interés del pueblo de México, por encima de cualquier otro vínculo o consideración, para garantizar que el interés y la soberanía nacionales sean los principios rectores que guíen su quehacer público".
Los cambios específicos a la Constitución mexicana
La propuesta de modificación constitucional abarca tres artículos clave de la Carta Magna, alineando las restricciones tanto a nivel federal como local:
1. Reforma al Artículo 82 (Presidencia de la República)
Establece que para ser Presidente o Presidenta se requiere ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento y "no tener ni adquirir otra nacionalidad, y en caso de tenerla, renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidata o candidato".
Adicionalmente, se incorporan prohibiciones explícitas para quien ya se encuentre ejerciendo el cargo:
- No podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante una autoridad extranjera una nacionalidad distinta a la mexicana.
- Se prohíbe estrictamente "el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este y el acogerse a su protección diplomática".
- Cualquier violación a estas disposiciones será sancionada bajo los términos del Título Cuarto de la Constitución, referente a las responsabilidades de los servidores públicos.
2. Reformas a los Artículos 116 y 122 (Gobernaturas y CDMX)
Bajo los mismos términos del artículo 82, se aplican estas restricciones a quienes aspiren a gobernar cualquier entidad federativa o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
El detonante de la propuesta
La iniciativa de la presidenta Sheinbaum surge tras la controversia del exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca. El exmandatario panista, quien actualmente reside en Texas, cuenta con doble nacionalidad (mexicana y estadounidense) y enfrenta investigaciones en México por presunta delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Luego de que García Cabeza de Vaca anunciara desde Estados Unidos sus intenciones de competir por la Presidencia de México en el año 2030, la presidenta Sheinbaum criticó la viabilidad de realizar una campaña desde el extranjero y adelantó el envío de esta iniciativa presidencial firmada por ella y remitida a través de la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez.
Por su parte, la consejera jurídica del Ejecutivo federal, Luisa María Alcalde Luján, detalló que actualmente existe un vacío e interpretaciones confusas entre las exigencias del artículo 32 (que reserva ciertos cargos públicos a mexicanos por nacimiento que no adquieran otra nacionalidad) y las reglas de los artículos 82, 116 y 122, por lo que esta reforma dará plena claridad jurídica.
¿Qué sigue en el proceso legislativo?
La Cámara de Diputados fungirá como la cámara de origen para el análisis y debate de la propuesta. El coordinador de la bancada de Morena en San Lázaro, Ricardo Monreal, afirmó que la iniciativa tendrá máxima prioridad dentro de las discusiones al inicio del nuevo periodo de sesiones.
Al tratarse de una reforma de carácter constitucional, para que sea aprobada y entre en vigor se requiere:
- La aprobación por mayoría calificada de dos tercios de los legisladores en la Cámara de Diputados y el Senado de la República.
- La ratificación por la mayoría de los congresos estatales en el país.
- El dictamen de impacto presupuestario, el cual ya fue emitido de manera favorable por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en cumplimiento de la ley.
Se prevé que el decreto comience a aplicar formalmente a partir del proceso electoral del año 2028. A partir de su publicación oficial, las legislaturas locales contarán con un plazo de 90 días naturales para armonizar sus constituciones locales y las leyes electorales correspondientes con esta reforma de nacionalidad única.
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