SCJN ratifica multa 543 mdp a Odebrecht; desecha amparo solicitado

Redacción

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la multa de 543 millones 488 mil 615 pesos que impuso la Secretaría de la Función Pública (SFP) a Odebrecht por no cumplir con los requerimientos legales y autorizaciones necesarias para celebrar un convenio modificatorio de contrato con Pemex Refinación.

La Segunda Sala de la SCJN desechó el amparo que interpuso la empresa Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México, S.A. de C.V. contra dicha multa.

En octubre de 2021, la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió una sentencia en contra del juicio de nulidad que la firma brasileña buscaba para evitar la sanción e inhabilitación por tres años impuesta por la SFP.

La resolución está contenida en el oficio UR-DPTI-AR-209-2019, en el que se impuso una multa e inhabilitación por un plazo de tres años para participar en contrataciones públicas de carácter federal, por encontrarse en el supuesto del artículo 8, fracción VIII, de la Ley Federal Anticorrupción en contrataciones públicas”, señaló la Corte.

De acuerdo con el expediente 5248/2022, el pasado 8 de diciembre el representante legal de la empresa, Montserrat Serafín Negrín, presentó un amparo directo ante la SCJN por la resolución de la Sala Superior, con lo que “se advierte que el Tribunal Colegiado del conocimiento fijó un alcance al principio de proporcionalidad de las penas establecido en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

De acuerdo al expediente judicial, el 5 de diciembre de 2016 la constructora brasileña Odebrecht solicitó a Petróleos Mexicanos (Pemex) la modificación de un contrato para lo cual afirmó que cumplía con todos los requisitos legales.

Sin embargo, a esa fecha no contaba con el registro de residuos peligrosos ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Fue hasta el 25 de mayo de 2017 cuando presentó su registro como generador de residuos peligrosos en la categoría de pequeño generador, no obstante que era su obligación”, expuso en la sentencia.

El pasado 6 de febrero, se informó que el exdirector de Pemex, Emilio Lozoya, obtuvo un amparo para acceder a la carpeta de investigación que se abrió por el caso Odebrecht, clasificada como FED/SEIDF/CGI-CDMX/0000117/2017.

En la resolución, notificada a las partes el 1 de febrero, la juez Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, Sandra Leticia Robledo, dejó sin efectos la decisión emitida en 2022 de negar copias sobre este documento a Lozoya.