Sede de la Comar en Tapachula vulnera el derecho de un solicitante de asilo

Redacción

Ciudad de México.- Tras constatar que una persona migrante, quien realizaba trámite de solicitud para la recibir la condición de refugiada sufrió la vulneración de su derecho a la integridad y seguridad personal por tratos crueles, inhumanos o degradantes —consistentes en desnudez forzada—, hecho atribuible a una persona servidora pública adscrita a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), en Tapachula, Chiapas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 162/2023 a este organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación (Segob).

En la queja presentada ante la CNDH, la víctima manifestó que el 10 de enero de 2020, una persona funcionaria pública de la Comar le realizó entrevista de elegibilidad, quien lo cuestionó acerca de su religión y de los tatuajes que tiene en su cuerpo. Además, de forma indebida le pidió que se quitara su camisa en público y lo llevó al baño, donde le exigió que se bajara los pantalones con el argumento de que debía revisar sus tatuajes, luego de lo cual, le hizo tocamientos próximos a sus genitales.

Con base en el análisis de las evidencias y en los exámenes realizados a la víctima, basados en el Manual para la investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Protocolo de Estambul), la CNDH consideró que la actuación de la persona servidora pública atentó contra su dignidad e integridad psicológica, causándole daño y sufrimiento, dado que colocó a la víctima en una situación de desnudez forzada. 

“Además, la persona adscrita a la Comar no contaba con facultades, ni en la Ley sobre Refugiados, ni en su reglamento, así como tampoco en el Manual de Directrices o en alguna otra normatividad, para requerir que la persona agraviada se quitara la camisa y el pantalón, y mucho menos para tocarle sus genitales”, enfatizó la Comisión en un comunicado.
 
DAÑO PSICOEMOCIONAL

La CNDH determinó que la víctima cuenta con una afectación psicoemocional por las acciones que la persona servidora pública le realizó durante el trámite de la solicitud de condición de persona refugiada, en la que fue sujeto de señalamientos negativos hacia su persona, derivado de lo cual presenta un estado emocional de miedo, enojo, sentimientos de impotencia y desesperación, lo que incide en su calidad de vida, situación que se agravó con la negativa a otorgarle la condición de refugiado.

Del mismo modo, la CNDH abundó que con base en los hechos comprobados, ha solicitado a la Comar que gestione la inscripción de la víctima en el Registro Nacional en la materia para que, una vez hecho esto, proceda a la inmediata reparación integral del daño causado, la cual deberá incluir la medida de compensación correspondiente y la atención psicológica que requiera.

También urge al organismo de la Segob a que contacte a la víctima, atendiendo su situación de vulnerabilidad y a sus particularidades, ello como con el fin de evitar un posible escenario de revictimización, en caso de que desee acceder a un nuevo trámite de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado, garantizándole el otorgamiento de asistencia institucional especial que requiera y protegerlo de potenciales afectaciones a sus derechos humanos.

COLABORAR CON AUTORIDADES

Igualmente, la Comar deberá colaborar con las autoridades investigadoras en el trámite y seguimiento que se dé a la denuncia administrativa que la CNDH interponga ante el Órgano Interno de Control en la Segob, contra las personas servidoras públicas involucradas en los hechos y quien resulte responsable. De igual forma, deberá coadyuvar en el trámite y seguimiento que se presente en la Fiscalía General de la República (FGR) contra quien realizó la entrevista de elegibilidad a la víctima y quien resulte responsable por tratos crueles, inhumanos o degradantes, proporcionando copia de la presente Recomendación al Agente del Ministerio Público respectivo, para que se tomen en cuentas las evidencias.

Una vez lo anterior, la CNDH llamó a la Comar a impartir un curso dirigido a su personal en Chiapas, respecto al derecho a la integridad y seguridad personal de las personas en contexto de migración, así como la seguridad jurídica, igualdad y no discriminación, a efecto de atender durante las entrevistas de elegibilidad, de manera puntual, la prohibición de cometer tratos crueles, inhumanos o degradantes.

IMCM