Valida SCJN el congelamiento de cuentas nacionales sin intervención de un juez

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Redacción

Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la constitucionalidad de las facultades que permiten bloquear activos financieros en el país sin necesidad de que medie una orden de un juez o una petición de organismos internacionales.

Esta medida será aplicable únicamente cuando las autoridades detecten “indicios suficientes” de que los recursos están vinculados al lavado de dinero o al financiamiento del terrorismo.

Con una votación de seis ministros a favor y tres en contra, el máximo tribunal respaldó el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

Dicha propuesta establece que es constitucional la reforma que faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para integrar a individuos en la Lista de Personas Bloqueadas, acción que ejecuta directamente la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

La mayoría de los ministros argumentó que este procedimiento se clasifica como un acto administrativo. 

Por lo tanto, no vulnera los derechos de los afectados de forma definitiva, dado que se mantiene vigente el derecho de audiencia, permitiendo que los usuarios puedan impugnar la medida y defender la legalidad de sus fondos.

REVÉS PARA ESQUIVEL MOSSA

Por otro lado, la postura minoritaria, encabezada por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, sugería mantener el criterio que prevaleció durante los últimos siete años.

Dicha jurisprudencia dictaba que el bloqueo de cuentas en territorio nacional sólo era válido si existía una solicitud expresa de una entidad internacional, limitando así las atribuciones directas de la UIF en casos estrictamente locales.

Esta resolución marca un cambio significativo en la estrategia de combate a la delincuencia financiera, otorgando mayor celeridad a las autoridades administrativas para actuar ante sospechas de actividades ilícitas dentro del sistema bancario mexicano.

IMCM