Supremo de Brasil consagra el derecho histórico de los indígenas a la tierra

EFE

Brasilia.- La Corte Suprema de Brasil declaró constitucional el derecho de los indígenas a las tierras que han ocupado "histórica", "tradicionalmente" y "en forma permanente", rechazado por grandes empresarios del campo y grupos políticos de ultraderecha.

La decisión fue adoptada por nueve votos a favor y dos en contra y rechaza el llamado "marco temporal", que propone limitar esos derechos a las tierras que los indígenas ocupaban al 5 de octubre de 1988, cuando fue promulgada la actual Constitución brasileña.

Esa tesis, considerada inconstitucional por los indígenas, pues no reconoce sus derechos sobre tierras que ocupaban mucho antes de 1988 y de las que, en muchos casos, fueron expulsados en forma  violenta por colonos, sólo fue respaldada por dos de los jueces, los únicos del tribunal con un claro perfil conservador.

La mayoría de los magistrados se aferró al artículo 231 del texto constitucional, en el cual se define como tierras indígenas a aquellas "habitadas en carácter permanente, usadas para actividades productivas e imprescindibles para la preservación de los recursos ambientales", así como de "sus costumbres y tradiciones".

La sentencia fue celebrada en forma ruidosa por cientos de indígenas agolpados a las puertas de la corte y que siguieron el juicio a través de grandes pantallas de televisión.

FÓRMULAS COMPENSATORIAS

Tras declararse favorable al derecho de los pueblos originarios, el Supremo discutirá a partir de la semana próxima fórmulas legales para los casos de muchos terratenientes que ocupan desde hace décadas áreas reclamadas por los indígenas, aunque lo hacen bajo una dudosa legalidad.

Se trata de personas que, de "buena fe", según un magistrado, pagaron por esas tierras a Administraciones regionales o municipales, que las vendieron al amparo de muchas lagunas legales que existían sobre esa cuestión antes de la Constitución de 1988.

El juez Alexandre de Moraes ha propuesto una fórmula intermedia para solucionar esas discordias, la cual sugiere que, en esos casos, los ocupantes de tierras reclamadas por indígenas las abandonen y sean indemnizados, o que los pueblos originarios sean compensados con otras áreas, de extensiones equivalentes.

Eso no se aplicaría a aquellos terratenientes que ocuparon las zonas en cuestión por la fuerza y expulsaron a los indígenas por medio de la violencia, los cuales serían desalojados sin derecho alguno.

LAS ARISTAS POLÍTICAS DEL CASO

El asunto también es debatido en una comisión del Senado, que analiza un proyecto de ley que pide reconocer el "marco temporal", y se propone votarlo la semana próxima para luego, si fuera aprobado, remitirlo al pleno de la Cámara Alta para la discusión final.

La senadora Eliziane Gama, miembro de esa comisión, ya ha alertado de que, en el caso de aprobación en el Senado, el proyecto seguramente será denunciado por "inconstitucional" y "caerá en el Supremo", que ya el miércoles comenzaba a inclinarse en favor de los derechos de los pueblos originarios.

Según datos oficiales, los indígenas ocupan cerca de 14% del territorio nacional, representado por unas 500 áreas ya delimitadas, a las que se pueden sumar otras 200 que aún son analizadas por las instituciones del Estado.

La demarcación de tierras indígenas, una obligación del Estado según la Constitución, estuvo suspendida entre 2019 y 2022, durante la gestión del entonces presidente ultraderechista Jair Bolsonaro, y fue retomada este mismo año por el Gobierno del progresista Luiz Inácio Lula da Silva, que se opone al "marco temporal".

Durante todo su mandato, Bolsonaro justificó su negativa al reconocimiento de tierras indígenas con el argumento de que eso haría "inviable" un mayor desarrollo del sector agropecuario.

Según movimientos indigenistas y ecologistas, la sentencia del Supremo supone un acto de "justicia histórica", que además promoverá una mayor protección del medioambiente, pues las tierras indígenas, muchas situadas en la Amazonía, son las más preservadas del país, de acuerdo a datos oficiales. 

IMCM