SCJN avala revocación de mandato en CDMX

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) legalizó la revocación de mandato para la Ciudad de México, con lo cual se convertirá en el primera entidad federativa en la que los servidores públicos puedan ser retirados de sus cargos antes de que termine su periodo.

Con esta decisión la Corte acepta la permanencia de otra figura en la Constitución de la Ciudad de México.

Sin embargo, seis de los 11 ministros se declararon en contra de la decisión, pero no reunieron la mayoría calificada.

Entre los que estuvieron en contra se encuentra el presidente del máximo tribunal, Luis María Aguilar Morales, quien aseguró que es inconstitucional debido a que no se encuentra en la Constitución federal.

“La duración del encargo de un puesto de elección popular en nuestro sistema democrático, con independencia de que exista o no la reelección, siempre es un término fijo, es un término expresamente señalado por las leyes y la Constitución; de manera que no se puede exceder ni limitar previamente. Tanto los votantes como los votados, en todo caso, conocen y conocerán la duración del cargo de elección popular”.

Mientras que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien apoyó la propuesta, explicó su respaldo debido a que la Constitución federal considera la consulta popular para algunos tópicos.

“En la Constitución [local] no se establece la revocación de mandato como una sanción a una responsabilidad respecto a un servidor público, sino como una figura concreta de democracia participativa”.

El ministro Javier Laynez Potisek aclaró que el Constituyente de la Ciudad de México no especificó las conductas, que un servidor público pudiera realizar, para ser merecedor a este proceso.

Por esa razón, no está de acuerdo con la Procuraduría General de la República (PGR), que asegura que la revocación es igual a un juicio político.

De acuerdo, a lo establecido en la Constitución de la CDMX, para que el mando de un servidor público sea revocado, es necesario que al menos 10 por ciento de las personas de la lista nominal de electores presenten la solicitud.

Posteriormente, se hará una consulta ciudadana, en la que deberán participar 40 por ciento de los inscritos en el padrón nominal y la votación deberá tener un porcentaje de 60 por ciento a favor de la revocación.

Por otra parte, la Corte declaró válidos los requisitos para ser fiscal general en la capital, que son no haber sido secretario, juez, magistrado o secretario de Gobierno ni consejero de la Judicatura local.

Asimismo, que la Asamblea Constituyente de la capital cree nuevos órganos constitucionales y algunos procedimientos de reformas a la Constitución de la Ciudad de México, como que sean discutidas y votadas hasta el siguiente periodo en que sean presentadas.

NJAR