AMLO envía iniciativa a Cámara de Diputados para reasignar presupuesto por pandemia

MÉXICO.- El presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto para reorientar recursos del Presupuesto de Egresos, debido a la pandemia de Covid-19.

El objetivo es destinar recursos para mantener la ejecución de proyectos y acciones prioritarias de la Administración Pública Federal y fomentar la actividad económica del país.

Así como también atender emergencias en materia de salud y programas en beneficio de la sociedad, otorgar los apoyos necesarios a las familias y empresas, además de evitar que se produzcan mayores afectaciones a la economía del país.

El decreto, dirigido a la presidenta de la Cámara de Diputados Laura Rojas y recibido a las 21:25 horas por la Mesa Directiva de San Lázaro, prevé igualmente destinar los recursos del Fondo Metropolitano, autorizado originalmente para proyectos de infraestructura en las zonas metropolitanas de las entidades federativas, a programas para el otorgamiento de créditos y apoyos a la sociedad.

La propuesta de reforma, firmada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, establece una modificación al artículo 21 Tercero de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como se expuso y para sus efectos dependencias y entidades llevar a cabo los cambios necesarios.

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Es decir, que las dependencias y entidades deberán efectuar las adecuaciones necesarias para reducir sus recursos autorizados en el Presupuesto de Egresos, y traspasarlos a la Secretaría de Hacienda.

Lo anterior, sin perjuicio de que se puedan realizar los ajustes correspondientes. Precisa que la Secretaría de Hacienda establecerá las disposiciones específicas para la realización de los ajustes a las asignaciones autorizadas a las dependencias y entidades en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal que corresponda.

Asimismo, el Ejecutivo Federal reportará en los informes trimestrales y en la Cuenta Pública las acciones realizadas en los términos del presente artículo.

Para dar cumplimiento a lo previsto, dentro de los 30 días posteriores a la publicación del decreto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar las adecuaciones correspondientes.

DCVC