FIFA queda exenta de impuestos para México 2026
Por: Iram Martínez
Ciudad de México.- El 7 de noviembre del presente año se publicó el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio Fiscal de 2026, donde se establece que las empresas y personas que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 estarán exentas de pagar impuestos.
El Artículo 25 transitorio de la Ley de ingresos dicta que las empresas y personas residentes en México o en el extranjero con establecimiento permanente en el país, así como los residentes en el extranjero que participen en la organización del mundial de futbol y eventos relacionados a la competencia a partir del último cuatrimestre fiscal 2025 no estarán obligados al cumplimiento de las obligaciones de pago, de realizar el traslado, de retención, recaudación y entero que establecen las disposiciones fiscales.
El Sistema de Administración Tributaria (SAT) será el encargado de clasificar a las personas y empresas beneficiadas, el tipo de beneficio que obtendrán de acuerdo a la residencia para efectos fiscales, los ingresos que perciban, el tipo de actos y actividades que realicen y la información que proporcione la FIFA, esto a partir de reglas generales, mismas que debe emitir y dar a conocer para la aplicación del beneficio.
Estos son los requisitos
Para poder acceder a la exención de impuestos, la FIFA deberá informar al SAT sobre las personas o empresas que estarán desempeñando tareas directas en el Mundial y deberá actualizar mediante un escrito mensual que contenga la siguiente información:
- Nombre, denominación o razón social;
- Clave en el Registro Federal de Contribuyentes o número de identificación fiscal;
- Carácter de su participación en la competencia, pruebas, partidos y eventos relacionados con esta, tal como subsidiaria, asociación miembro, confederación, contratista, persona transferida, voluntaria, jugadora o cualquier otro carácter;
- Tipo de ingresos que obtendrán procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, relacionados exclusivamente con su participación en la competencia;
- Actos o actividades que realizarán en territorio nacional, relacionados exclusivamente con su participación en la competencia;
- Ciudad sede u otro lugar en territorio nacional, en el que obtendrán los ingresos o realizarán los actos o actividades relacionadas con la competencia, y
- País o jurisdicción de residencia
El SAT podrá requerir información o documentos necesarios relacionados con la información que se proporcione en los escritos, así como informar las irregularidades que pudieran encontrar.
Los que no participan
Personas o empresas residentes en México que:
- Se encuentren en el listado del SAT por irregularidades o actos fraudulentos.
- Tengan créditos fiscales firmes, o, que al ser exigibles no estén garantizados, que la garantía resulte insuficiente.
- Tengan cancelados los certificados emitidos por el SAT para la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet
- Que hayan sido sujetas a una causa penal o vinculadas a procedimiento penal en el ámbito fiscal o condenadas por la comisión de algún delito de carácter fiscal mediante sentencia firme
- En el caso de las empresas, si sus socios o accionistas se encuentren en alguna situación mencionada.
No fue un acuerdo de nosotros: Claudia Sheinbaum
Respecto a este decreto, la presidenta, Claudia Sheinbaum, informó en la conferencia de presentación de la Copa Mundial de Futbol 2026, que dicho artículo fue parte de un acuerdo firrmado en 2015 para que México pudiera recibir el que será su tercer mundial.
Declaró que los detalles sobre este tema los dará a conocer el secretario de Hacienda, Édgar Zamora, y recalcó que este acuerdo no fue realizado durante su gestión, ni la de su antecesor, Andrés Manuel López Obrador.
“Los detalles en el caso de los impuestos los puede dar el secretario de Hacienda, pero es algo que no habíamos decidido nosotros en nuestro gobierno, sino que ya venía desde el 2015”.