CDHDF pide protocolos para la donación de órganos "automática" que avaló el Senado

El pasado martes 3 de abril, el Senado de la República Mexicana aprobó reformas a la Ley General de la Salud para que las personas mayores de 18 años sean donadores de órganos, tejidos y células de forma automática cuando fallezcan.

El Pleno del Senado aprobó con 70 votos a favor, 0 en contra y una abstención un dictamen de las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos que incluye el término de “consentimiento presunto”, en materia de donación de órganos, tejidos y células, derivado de una iniciativa apoyada por más de 80 senadores, informó en un comunicado la Cámara Alta.

El “consentimiento presunto” implica que al fallecer toda persona mayor de edad es donador potencial de órganos y tejidos, a excepción de aquellos que hayan manifestado su voluntad de no donar órganos, explicó Salvador López Brito, presidente de la Comisión de Salud, el pasado 3 de abril.

El proyecto de decreto que modifica los artículos 320, 321, 322, 324, 325, 326 y 329 de la Ley General de Salud (LGS), garantiza que ni el receptor de un trasplante o su familia conozcan la identidad del donante ni que los familiares de éste sepan quién es el receptor.

Ante la aprobación de reformas a los artículos citados, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal se pronunció a favor de generar condiciones para que una persona decida de manera libre si dona o no sus órganos e instó a crear la reglamentación adecuada en la Ley General de Salud para disponer de los registros y procedimientos de trasplante adecuados.

La CDHDF instó a "construir una cultura de la donación de órganos fundamentada en el consentimiento informado, expreso, libre, consciente y desinteresado".

El organismo también indicó la necesidad de implementar protocolos basados en los principios básicos de la bioética laica moderna (autonomía, beneficencia y justicia) y en los principios rectores que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha establecido en la materia. 

La OMS establece 11 ejes rectores sobre trasplante de células, tejidos y órganos humanos. Entre los planteamientos que señala aparece que el consentimiento para la obtención de órganos y tejidos de personas fallecidas puede ser «expreso » o «presunto», pero depende de las tradiciones sociales, médicas y culturales de cada país.

"Los médicos que hayan determinado la muerte de un donante potencial no deberán participar directamente en la extracción de células, tejidos u órganos de ese donante ni en los procedimientos subsiguientes de trasplante, ni ocuparse de la asistencia a los receptores previstos de esas células, tejidos y órganos", enuncia el documento de la OMS "PRINCIPIOS RECTORES DE LA OMS SOBRE TRASPLANTE DE CÉLULAS, TEJIDOS Y ÓRGANOS HUMANOS".

Mientras que el tercer eje rector establece que "las donaciones de personas fallecidas deberán desarrollarse hasta alcanzar su máximo potencial terapéutico".

Otro eje que marca la OMS para la regulación de trasplantes es que  "las células, tejidos y órganos deberán ser objeto de donación a título exclusivamente gratuito, sin ningún pago monetario u otra recompensa de valor monetario. Deberá prohibirse la compra, o la oferta de compra, de células, tejidos u órganos para fines de trasplante, así como su venta por personas vivas o por los allegados de personas fallecidas".

Cabe destacar que las reformas a la Ley General de Salud establecen que "toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente, a menos que haya manifestado su voluntad de no serlo bajo alguna de las formas establecidas y para los fines y con los requisitos previstos en la Ley".

Los senadores Lorena Cuéllar Cisneros, del PT; Martha Palafox, del PRD; Zoé Robledo Aburto, del PT; Patricio Matínez, del PRI, y Fernando Enrique Mayans Canabal, sin partido, se pronunciaron a favor del dictamen desde tribuna.