Corte aprueba Derecho de Réplica para información falsa e inexacta

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional haber limitado el derecho de réplica a la información inexacta o falsa publicada en los medios de comunicación, excluyendo la información cierta pero agraviante.

Este lunes se aprobaron por ocho votos a favor y dos en contra los requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley del Derecho de Réplica, lo cual se derivó del estudio de tres acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena), así como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Los ministros que votaron a favor del proyecto fueron: Eduardo Tomás Medina Mora Icaza, José Fernando Franco González Salas, Javier Laynez Potisek, Margarita Beatriz Luna Ramos, Norma Lucía Piña Hernández, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. El ministro presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, votó en contra de la propuesta.

"Dada la importancia de la libertad de expresión en una sociedad democrática, el Estado no sólo debe minimizar las restricciones a la circulación de la información, sino también equilibrar, en la mayor medida posible, la participación de las distintas informaciones en el debate público impulsando el pluralismo informativo y la equidad en el flujo informativo", agregó Laynez Potisek.

Sin embargo, quedó pendiente para el día de hoy la propuesta de Laynez Potisek para invalidar la porción VII del artículo 25 de la Ley del Derecho de Réplica en el que se exigen pruebas que demuestren la falsedad o inexactitud de la información publicada o el perjuicio que dicha información hubiera ocasionado.

Durante la sesión de hoy los ministros retomarán el debate para terminar de resolver las acciones de inconstitucionalidad.