Publican en DOF ampliación del Ejécito en las calles hasta 2028

Redacción

Ciudad de México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador público este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma que amplía la permanencia del Ejército en las calles hasta 2028 para tareas de seguridad pública.

El dictamen a favor de la permanencia de las Fuerzas Armadas en las calles entrará en vigor mañana sábado, así como la reforma el Artículo Quinto Transitorio del decreto, publicado el 26 de marzo de 2019, para cambiar la Constitución en materia de Guardia Nacional.

Durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública”, se lee.

El DOF agregó que las intervenciones del Ejército serán extraordinarias y de absoluta necesidad, también temporales y solicitadas de forma expresa y justificada por una autoridad civil. Además, se harán en apego a la Constitución y a tratados internacionales.

Será una participación regulada, para que cumpla con un estricto apego al orden jurídico previsto en esta Constitución, en las leyes que de ella emanen y los tratados internacionales que estén de acuerdo con la misma”, agrega.

El acuerdo también señala que el Ejecutivo federal deberá presentar al Congreso de la Unión un informe semestral sobre la actuación del Ejército, el cual será analizado por una comisión bicameral que, si lo requiere, podrá citar a comparecer a los secretarios de Seguridad y Protección Ciudadana, Gobernación, Marina y de la Defensa Nacional.

"La comisión bicameral remitirá a cada una de las Cámaras (…) los dictámenes semestrales, para su discusión y aprobación. Una vez aprobados se remitirán al Ejecutivo Federal, el que deberá informar de la atención que brindó a las recomendaciones emitidas", precisa.

También estipula la creación -a partir del ejercicio fiscal de 2023- de un fondo de apoyo para que entidades y municipios fortalezcan sus instituciones de seguridad pública civiles, dichos recursos no podrán ser menores, en términos porcentuales, al incremento que reciban las Fuerzas Armadas y la Guardia Nacional para tareas de seguridad.

Las modificaciones, aprobadas por el Congreso de la Unión y la mayoría de los Congresos locales, establecen que el presidente podrá disponer de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública por nueve años -contados a partir de 2019-, bajo los principios de una participación extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.