Medios no podrán negar derecho a réplica: SCJN

Durante la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se determinó que negar el derecho de réplica es inconstitucional, a pesar de que los medios argumentan que ésta podría resultar ofensiva para otras personas.

El principal argumento para para que el máximo tribunal declarara inválida la fracción IV del artículo 19, es que los medios de comunicación no son peritos para determinar qué tipo de información es ofensiva contra terceros o la ley.

Las discusiones a dicha ley se deben a que los partidos políticos Morena, PRD, y la Comisión de Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpusieron una acción inconstitucional en contra de la Ley de Réplica.

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Por unanimidad, los magistrados eliminaron la norma dónde los medios de comunicación podían negar el derecho de réplica bajo el argumento que el solicitante no tiene interés jurídico. Ahora el ejercicio se podrá con previo aviso por escrito o algún medio electrónico.

Corte aprueba Derecho de Réplica

El pasado 22 de enero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional haber limitado el derecho de réplica a la información inexacta o falsa publicada en los medios de comunicación, excluyendo la información cierta pero agraviante.

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Se aprobaron por ocho votos a favor y dos en contra los requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley del Derecho de Réplica, lo cual se derivó del estudio de tres acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena), así como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).