Activan doble Hoy No Circula en la CDMX

Ciudad de México.- Por las altas concentraciones de ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) se activó el “Doble Hoy No Circula”.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que a las 18:00 horas del día miércoles , se registró un valor máximo de ozono de 160 ppb en la estación de monitoreo Tultitlán, ubicada en el municipio del mismo nombre.

Esto como consecuencia de la intensa radiación solar y poca nubosidad que propicia la formación de ozono. Además, el viento no presentó una dirección definida favoreciendo el estancamiento y la acumulación del
contaminante.


Se pide a la población:
- Evitar hacer ejercicio o actividades vigorosas en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas del jueves. 
- Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, en el sitio web
www.aire.cdmx.gob.mx, en twitter @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.
Reducción de emisiones


Se recomienda:
- Facilitar y continuar el trabajo a distancia para reducir viajes.
- Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos
que contengan solventes.
- Recargar gasolina después de las 18:00 horas y no cargar más combustible después
de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
- Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
- Reducir el uso de combustibles en casa acortando el tiempo de ducha a un máximo
de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.
- Realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
Restricciones a la circulación en el Sector Transporte

Este jueves 22 de abril, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
b) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último
dígito numérico sea 1, 2, 3, 5, 7 y 9, así como aquellos cuya matrícula este
conformada sólo por letras.
c) Los vehículos de uso particular con matrícula local sin holograma de verificación y los
vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de
verificación o cuyo holograma no sea “E”, “00” ó “0”.
d) Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques)
cuya matrícula sea NON.
e) Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas.
f) Los Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de
acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a
la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.


Exenciones:
- Vehículos que porten holograma “E”, “00” o “0” cualquiera que sea su uso (salvo
unidades de reparto de gas licuado de petróleo).
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para
atender una emergencia médica.
- Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas
sus especialidades, paramédica, administrativa y de apoyo, siempre y cuando porten
el símbolo de salud sellado y firmado por su centro de trabajo.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el permiso para exentar
el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o matrícula para
personas con discapacidad.
- Vehículos que porten la constancia tipo “Gas” o “A” Autorregulación.
- Vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y
turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan
con las disposiciones de verificación vigentes.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, salud,
seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y
distribución de combustibles (excepto distribución de gas licuado de petróleo).
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que
cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con
sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización
correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y
gas L.P.)