Servicio de reparto corre riesgo de pagar comisión por estar en la CDMX

Redacción

Ciudad de México.- Organismos empresariales como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac), la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin) y las plataformas digitales DiDi, Rappi y Uber Eats expresaron una seria preocupación por un posible fallo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en contra del amparo promovido para evitar el cobro de la contribución de 2% sobre comisiones de las plataformas digitales de entrega y reparto a domicilio (delivery) por uso de infraestructura en la Ciudad de México, lo cual está estipulado en el artículo 307 TER del Código Fiscal de la localidad. 

Estas instancias indicaron que aplicar este cargo sería discriminatorio, discrecional y dañaría a los consumidores y usuarios por un fin meramente recaudatorio.

De esta forma subrayaron que de darse en ese sentido el fallo impactaría negativamente en todos los actores que forman parte del ecosistema de la economía colaborativa, desde plataformas digitales, restaurantes y comercios -en su mayoría pequeñas y medianas empresas- y a cientos de miles de repartidoras y repartidores.

Lamentaron que se busque ir contra una industria que ha impulsado el cumplimiento con diversas cargas tributarias y obligaciones fiscales tanto a nivel federal —incluyendo el pago de IVA e ISR— como local.

HABRÍA DOBLE TRIBUTACIÓN

Indicaron que entre otras implicaciones, la propuesta podría generar una doble tributación, provocando un potencial desequilibrio entre las obligaciones fiscales vigentes para las plataformas digitales. 

“Por otro lado, se trata de un tributo discrecional que fue diseñado de manera discriminatoria contra plataformas digitales y que no afecta a otros servicios de entrega similares a los que intermedian dichas plataformas. Por ello, la contribución también genera una cancha dispareja en el mercado, desestimando las capacidades de una industria que ha contribuido a la formalización económica”, sostuvieron en un boletín.

Según datos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el 40% de los emprendimientos en México pertenecen al sector restaurantero. De estos, el 96% utiliza aplicaciones para la entrega de comida y artículos a domicilio. 

Tras ello, la Canirac enfatizó que las entregas a domicilio representan en promedio el 20% de los ingresos de los restaurantes en México, y que en algunos casos este servicio constituye entre el 70% y el 80% de sus ventas.

Fue de esta forma que comentaron que respetuosamente llaman a la Segunda Sala de la SCJN a realizar un análisis integral que privilegie los derechos de todos los beneficiados con el uso de aplicaciones digitales, que entre al fondo para evitar cualquier sesgo arbitrario y discriminatorio de dicha norma, así como las posibles implicaciones que tendría dicha contribución, particularmente sobre las necesidades de digitalización de miles de restaurantes, sobre las afectaciones al ingreso directo de cientos de miles de repartidores en el país, y sobre el número de pedidos y órdenes que podrían verse afectadas por la contribución.

IMCM