AMLO y Sheinbaum no ejercieron violencia política al llamar ‘traidores a la patria’ a oposición: TEPJF

Redacción

Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador; la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; y el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) en la Cámara de Diputados, Ignacio Mier, no ejercieron violencia política e institucional contra los legisladores de oposición al llamarlos “traidores a la patria” por votar en contra de la reforma eléctrica.

En sesión pública, por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior revocaron la sentencia que había emitido la Sala Regional Especializada, la cual afirmaba que al utilizar dicha expresión contra los diputados de oposición se había cometido violencia política e institucional contra ellos.

El magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón expuso el caso y recordó que éste tiene su origen en las denuncias presentadas por diputados de Movimiento Ciudadano y del Partido Acción Nacional (PAN), que fueron sometidas a juicio y en el que la Sala Regional Especializada determinó que existió calumnia electoral.

No basta la acreditación de la calumnia electoral para que automáticamente haya como consecuencia un ejercicio de violencia política institucional, porque las conductas deben analizarse desde distintos elementos normativos”, dijo.

Rodríguez Mondragón señaló que no se acredita la infracción en virtud, porque los funcionarios no hicieron uso de su cargo para obstruir que los diputados ejercieran su voto.

Para que esto se dé se requería una serie de actos articulados que tengan como finalidad obstruir el ejercicio del cargo”, destacó, y recordó que la expresión de “traidores a la patria” se emitió cuando la reforma ya había sido rechazada.

Por lo anterior, los magistrados determinaron la inexistencia de violencia política e institucional atribuida a los servidores públicos.

No hubo algún despliegue o ejercicio de atribuciones que tuvieron como efecto, motivo o fin la violación grave de derechos político electorales de los denunciantes (…) sólo pueden utilizarse como justificación de sanción cuando las características de conductas denunciadas tengan una gravedad suficiente para atribuir una responsabilidad (…) y pasan a un espacio de obstrucción o de acoso al ejercicio de las acciones de representantes populares o servidores públicos”, argumentó.

Diputados del PAN y MC presentaron nueve denuncias contra Morena por la supuesta realización de una campaña en la que se les imputaba el delito de traición a la patria por votar en contra de la reforma.

La Sala Regional Especializada determinó la existencia de la difusión de propaganda con contenido calumnioso por parte de los sujetos denunciados y la falta del deber de cuidado atribuida a Morena, así como la de violencia política e institucional.