Avalan diputados prohibición de venta de bebidas energizantes a menores de 18 años

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Redacción

Ciudad de México.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma a la Ley General de Salud para prohibir la venta y suministro de bebidas energizantes a menores de 18 años. La normativa fue avalada con 401 votos de todos los grupos parlamentarios presentes.

Una vez dada esta luz verde, el proyecto fue enviado al Senado de la República para su análisis y continuación del proceso legislativo.

La modificación legal impone severas sanciones a quienes incumplan la nueva disposición. La multa puede ser de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 226 mil 280 pesos.

Para evitar la venta a menores de edad, los establecimientos comerciales deberán verificar que las personas tengan más de 18 años mediante la presentación de una identificación oficial válida.

Las bebidas definidas en la reforma incluyen aquellas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína y taurina o glucuronolactona o tiamina, así como cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares.

RIESGOS PARA LA SALUD

Para justificar su aval, los legisladores destacaron la urgencia de la medida, señalando que los efectos de estos productos en la salud de los jóvenes son "verdaderamente graves".

Indicaron que el consumo de dichos líquidos en el país va en aumentado drásticamente, especialmente entre adolescentes. De esta forma, los diputados enfatizaron que más de 300 mil jóvenes al día toman alguna bebida energizante. Además, de acuerdo con un sondeo de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), siete de cada 10 manifestaron consumirlas.

Respecto a los peligros para la salud de los menores, el legislativo remarcó que está la afectación directa del sistema nervioso central. Debido a que el consumo aumenta los riesgos cardiovasculares y metabólicos, incluyendo el daño de obesidad y diabetes. Mientras que especificaron que en adolescentes, los efectos se relacionan con alteraciones del sueño, la concentración y el desarrollo neurológico.

Uno de los mayores escollos señalados es que el 43% de las personas que consumen bebidas energéticas las mezclan con alcohol, provocando un choque en el sistema nervioso.

APLICACIÓN DE LA NOM

Una vez que la Cámara Alta ratifique lo aprobado en San Lázaro, la Secretaría de Salud (Ssa) tiene la obligación de establecer las diferentes categorías de bebidas energizantes en la Norma Oficial Mexicana (NOM) correspondiente. 

Tras ello, la prohibición será aplicable a aquellas categorías que la Ssa determine como de alto riesgo para menores de edad. Asimismo, la dependencia deberá expedir esta NOM, que incluirá categorías, ingredientes y concentraciones máximas permitidas, en un plazo no mayor a 180 días naturales a partir de la entrada en vigor de la reforma.

Amancay González Franco, diputada de Movimiento Ciudadano, afirmó que además de aprobar esta iniciativa, urge regular la publicidad engañosa que incita al consumo irresponsable. En tanto, Ricardo Monreal Ávila, coordinador de Morena, reconoció a los legisladores por aprobar el dictamen a pesar de haber "resistido a las presiones de cabilderos y empresas" que intentaron frenar la iniciativa.

IMCM

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