CIDH responsabiliza al Estado mexicano por violación, tortura y muerte de Ernestina Ascencio

Marta Inés y Carmen Ascencio, hijas de Ernestina Ascencio Rosario

Redacción

Ciudad de México. - La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Estado mexicano es responsable de la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl de 73 años, ocurridos en 2007 en la Sierra de Zongolica, Veracruz, por miembros del Ejército mexicano.

Tortura

El tribunal constató que la señora Ernestina fue violada por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007, durante la estrategia de lucha contra el narcotráfico del sexenio de Felipe Calderón. La CoIDH señaló que esta agresión constituyó un acto de tortura, intencional, que causó severos sufrimientos físicos y mentales, con el objetivo de intimidar, degradar y humillar a la víctima.

Falta de atención médica y fallecimiento


La Corte destacó que el Estado incumplió su deber de proporcionar atención médica oportuna y adecuada. La señora Ascencio Rosario fue trasladada por sus familiares durante aproximadamente 10 horas hasta el Hospital Regional de Río Blanco, donde falleció el 26 de febrero de 2007, antes de recibir intervención quirúrgica. Además, el hospital carecía de intérpretes de náhuatl para comunicarse con ella y su familia.

Deficiencias en la investigación


La Corte determinó que la investigación ministerial de los hechos no cumplió con el estándar de debida diligencia reforzada exigible en casos de violencia sexual contra mujeres. Señaló que la indagatoria no incorporó un enfoque de interseccionalidad, relevante por tratarse de una mujer indígena mayor en un contexto de militarización, y careció de perspectivas de género, étnica y etaria.

Además, la investigación fue cerrada prematuramente sin agotar las líneas necesarias y se basó en estereotipos que desestimaron las declaraciones de la víctima y sus familiares, replicados incluso por altas autoridades del gobierno mexicano, incluido el entonces Presidente de la República.

Los hijos e hijas de Ernestina Ascencio enfrentaron barreras para acceder a la justicia y fueron objeto de presiones que limitaron su búsqueda de verdad y protección judicial.

Medidas de reparación ordenadas


Como parte de las medidas de reparación, la Corte ordenó al Estado mexicano realizar una investigación penal exhaustiva y seria, identificar, juzgar y sancionar a los responsables, así como un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional. También deberá garantizar tratamiento médico, psicológico y sociocultural adecuado a los hijos de la víctima, otorgar becas educativas, contar con intérpretes en hospitales y fiscalías y pagar indemnizaciones por daños materiales e inmateriales.


La Corte concluyó que México violó los derechos a la vida, integridad, salud, no discriminación, igualdad ante la ley, acceso a la justicia, verdad y protección judicial, según la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados internacionales. El Estado tiene un plazo de un año para presentar un informe sobre las medidas adoptadas, y la Corte supervisará el cumplimiento integral de la sentencia hasta su ejecución total.

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