Conceden suspensión definitiva a Hernán 'N', presunto líder de 'La Barredora'

Redacción
Ciudad de México.- Un juez federal concedió una suspensión definitiva a Hernán “N”, señalado como presunto líder del grupo criminal “La Barredora”. Este sujeto, quien fue exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco, había impugnado la orden de aprehensión librada en su contra por los probables delitos de delincuencia organizada y secuestro agravado.
Pese a haber obtenido la medida cautelar, el exfuncionario deberá permanecer interno en el penal federal de máxima seguridad del "Altiplano", ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México.
La suspensión definitiva no implica una orden de libertad para Hernán “N” ni impide que se ejecute la orden de aprehensión en su contra. La medida cautelar se concedió para el efecto de que su libertad personal quede a disposición del juzgado de amparo.
Adicionalmente, deberá permanecer a disposición del juez de control para la continuación del procedimiento penal.
Daniel Marcelino Niño Jiménez, titular del juzgado cuarto de distrito en materia Penal, fue quien otorgó inicialmente la suspensión provisional.
IMPUGNA FGR SIN ÉXITO
En un hecho relacionado, el segundo tribunal colegiado en materia penal con residencia en el Estado de México, declaró infundada la impugnación que interpuso la Fiscalía General de la República (FGR) contra la suspensión provisional previamente otorgada a este individuo.
Basta recordar que el recurso de queja presentado por la FGR fue desestimado por el tribunal. El magistrado de circuito Ricardo Garduño Pasten consideró que los agravios del agente del Ministerio Público eran infundados, luego que éste había argumentado que la medida cautelar impedía la detención y el cumplimiento de la orden de captura contra el exservidor público.
Garduño Pasten precisó que, si la orden de aprehensión se ejecutaba, el detenido sólo quedaría a disposición del juzgado de amparo en el lugar de reclusión y a disposición de las autoridades jurisdiccionales para la continuación del proceso. Por ello sentenció que esto no implica que se ordene la libertad de la persona o que no se pueda ejecutar la orden.
Garduño Pasten concluyó que los efectos otorgados a la suspensión están estrictamente apegados a lo que establece la Ley de Amparo, y, por ende, no causan un agravio al Ministerio Público.
IMCM

